DECRETO 1928 DE 2019
(octubre 24)
D.O. 51.117, octubre 25 de 2019
por el cual se designa alcaldesa ad hoc para el municipio de Apartadó, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio número ALC0-7440 de fecha 4 de octubre de 2019, el doctor Eliécer Arteaga Vargas, alcalde del municipio de Apartadó, Antioquia, solicitó a la Procuraduría Regional de Antioquia aceptar su impedimento para ejercer las funciones de ‘‘clavero en el marco del proceso electoral a realizarse el próximo 27 de octubre de 2019”, por cuanto tiene parentesco en segundo grado de afinidad con el señor Evaristo Marino Vélez Pareja, quien se inscribió como candidato al Concejo de este ente territorial.
Que mediante auto del 15 de octubre de 2019, en el proceso con radicación IUS-E-2019-608725, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento presentado por el doctor Eliécer Arteaga Vargas para actuar como clavero de las arcas triclaves, presidir la comisión para la coordinación y seguimiento de los procesos electorales y en general para ejercer sus funciones en el proceso electoral del 27 de octubre de 2019, al constatar que la candidatura de su cuñado Evaristo Marino Vélez Parejo al Concejo Municipal por el Partido Social de Unidad Nacional “se ajusta al supuesto tipificado en artículo 11 numeral 1 de la Ley 1437 de 2011” y consecuentemente, solicitó la designación de un alcalde ad hoc para atender el trámite enunciado.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI19-45107 del 24 de octubre de 2019, la doctora Leanis Judith Yepes Pérez, Secretaria del Despacho, código 020, grado 04, del municipio de Apartadó, remitió la documentación solicitada, para ser designada como alcaldesa ad hoc del citado ente territorial.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcaldesa ad hoc para el municipio de Apartadó, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a través de los radicados 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181- 00 (2273), del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc para el municipio de Apartadó, Antioquia, a la doctora Leanis Judith Yepes Pérez, identificada con la cédula de ciudadanía número 43271038, quien se desempeña en el cargo de Secretaria del Despacho, código 020, grado 04, del citado municipio para actuar como clavero de las arcas triclaves, presidir la comisión para la coordinación y seguimiento de los procesos electorales y en general para ejercer sus funciones en el proceso electoral del 27 de octubre de 2019.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio de Apartadó, a la Gobernación de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.