DECRETO 1927 DE 2019
(octubre 24)
D.O. 51.117, octubre 25 de 2019
por el cual se designa alcaldesa ad hoc para el municipio de Cañasgordas, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio de fecha 1° de octubre de 2019, la doctora Margarita del Rosario Lopera Cardona, alcaldesa del municipio de Cañasgordas, Antioquia, solicitó a la Procuraduría Regional de Antioquia, aceptar su impedimento para “participar en escrutinio de las próximas elecciones”, por cuanto uno de los aspirantes a la Alcaldía señora Elcy del Socorro Cardona García, resulta ser prima de la alcaldesa, encontrándose en el cuarto grado de consanguinidad.
Que mediante auto de fecha del 16 de octubre de 2019, en el proceso con radicación E-2019-610594, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento presentado por la doctora Margarita del Rosario Lopera Cardona, para participar en los escrutinios de las próximas elecciones por estar incursa en la causal de impedimento prevista en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al considerar que “la señora Elcy del Socorro Cardona García, aspirante al cargo de alcalde de Cañasgordas, Antioquia, tiene total y legítimo interés en recibir el favor de los electores de esa localidad y poder así ponerse al frente de la administración municipal. Ello aunado al hecho de que es prima -cuarto grado de consanguinidad- de la actual alcaldesa de la misma entidad territorial, implica que esta última deba declararse impedida para actuar como clavero de las urnas triclaves en las elecciones que se realizarán el próximo 27 de octubre, pues es esta una causal de impedimento y recusación, invocada por la señora Lopera Cardona, según lo señala el artículo 11, numeral 1, de la Ley 1437 de 2011”, y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI19-45189 del 24 de octubre de 2019, la doctora Ana Carolina Gutiérrez Herrera, Secretaria General y de Gobierno, código 020, grado 02, del municipio de Cañasgordas, Antioquia, remitió la documentación solicitada, para ser designada como alcaldesa ad hoc del citado municipio.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Cañasgordas, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a través de los radicados 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181- 00 (2273), del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad hoc para el municipio de Cañasgordas, Antioquia, a la doctora Ana Carolina Gutiérrez Herrera, identificada con la cédula de ciudadanía número 37896392, quien se desempeña en el cargo de Secretaria General y de Gobierno, código 020, grado 02, del citado municipio “para participar en esa calidad como clavero de las urnas triclaves en las elecciones del próximo 27 de octubre y, en general para adelantar todo tipo de trámite administrativo que demande el asunto”.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, a la alcaldesa titular del municipio de Cañasgordas, Antioquia, a la Gobernación de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.