DECRETO 1926 DE 2019
(octubre 24)
D.O. 51.117, octubre 25 de 2019
por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Panqueba, departamento de Boyacá.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio del 26 de agosto de 2019, el doctor Marco Rodrigo Pérez Pérez, alcalde del municipio de Panqueba, Boyacá, solicitó a la Procuraduría Regional de Boyacá, aceptar su impedimento para “fungir como clavero de las arcas triclaves de los documentos electorales de las próximas elecciones municipales que se llevarán a cabo en fecha 27 de octubre de 2019”, por cuanto la señora Nancy Milena Velandia Leal, quien es su cuñada, por ser la esposa de su hermano señor Pedro Manuel Pérez Pérez, se inscribió como candidata a la alcaldía.
Que mediante Auto número 1858 del 3 de septiembre de 2019, en el proceso con radicación IUS-E-2019-502667, IUC-D-2019-1369300, el Procurador Regional de Boyacá, aceptó el impedimento presentado por el doctor Marco Rodrigo Pérez Pérez, para ejercer la función de clavero en el municipio, de conformidad con lo establecido en el artículo 148 del Decreto 2241 de 1986, de las arcas triclaves de los documentos electorales correspondientes a las próximas elecciones municipales, que se llevarán a cabo el día 27 de octubre de 2019, al considerar que en el referido municipio se inscribió como candidata a la alcaldía, la señora Nancy Milena Velandia Leal, quien es su cuñada, por ser la esposa de su hermano señor Pedro Manuel Pérez Pérez, y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-018671 del 10 de octubre de 2019, Marco Rodrigo Pérez Pérez, alcalde municipal de Panqueba, Boyacá, remitió la documentación solicitada, del doctor Franklin Daladier Mora Mojica, Secretario de Hacienda para ser designado como alcalde ad hoc del citado municipio.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Panqueba, Boyacá.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a través de los radicados 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181- 00 (2273), del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad hoc para el municipio de Panqueba, Boyacá, al doctor Franklin Daladier Mora Mojica, identificado con la cédula de ciudadanía número 4194009, quien se desempeña en el cargo de Secretario de Hacienda, del municipio para ejercer la función de clavero en el municipio, de conformidad con lo establecido en el artículo 148 del Decreto 2241 de 1986, de las arcas triclaves de los documentos electorales correspondientes a las próximas elecciones municipales, que se llevarán a cabo el día 27 de octubre de 2019.
Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Panqueba, Boyacá, a la Gobernación de Boyacá y a la Procuraduría Regional de Boyacá.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.