DECRETO 1913 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1913 DE 2019    

(octubre 21)    

D.O. 51.113, octubre 21 de 2019    

por el cual se  designa alcalde ad hoc para el municipio de Cucaita, departamento de Boyacá.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de  suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio número CI 300-156 de 9  de septiembre de 2019, el señor Carlos Eduardo Luis Vanegas, alcalde del  municipio de Cucaita, Boyacá, solicitó a la Procuraduría Regional de Boyacá,  aceptar su impedimento para actuar como clavero en las elecciones de  autoridades locales a realizarse el próximo 27 de octubre de 2019, toda vez que  con el señor Fabián Antonio Castellanos Niño, candidato a la alcaldía municipal,  ostenta parentesco de afinidad en segundo (2°) grado, toda vez que es el esposo  de su hermana Teresa Luis Vanegas.    

Que la Procuraduría Regional de Boyacá  mediante Auto 2075 de fecha 20 de septiembre de 2019, proferido dentro del  proceso con radicación IUS E-2019-538878, IUC D-2019-1379048, aceptó “(…) el  impedimento planteado por el señor Carlos Eduardo Luis Vanegas, Alcalde  Municipal de Cucaita, para ejercer como CLAVERO en las próximas elecciones del  27 de octubre de 2019, con fundamento en la causal de impedimento prevista en  el artículo 9° de la Ley 62 de 1988”, al  observar ese despacho, la existencia de un vínculo de filiación en segundo  grado de afinidad entre el burgomaestre y el señor Fabián Antonio Castellanos  Niño, candidato a la alcaldía del municipio de Cucaita, situación que amerita  la aceptación del impedimento planteado, en aplicación del artículo 9° de la Ley 62 de 1988 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que el artículo 209 de la Constitución  Política, preceptúa que la función administrativa está al servicio de los  intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en  los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código  de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su  artículo 3°.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “Será de competencia del presidente de la república decidir si designa  un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante oficio  número CI 330-258 de 4 de octubre de 2019, radicado en el Ministerio del  Interior con la PQRSD-018272-PQR del 4 del mismo mes y año, la doctora Yenny  Paola Chávez Novoa, Secretaria de Gobierno, remitió la documentación  solicitada, para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de Cucaita, Boyacá.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  al alcalde ad hoc para ese ente  territorial.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea  aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de  funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como  medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, a través de los radicados  11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181-00 (2273),  del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Cucaita, Boyacá, a la doctora Yenny  Paola Chávez Novoa, identificada con la cédula de ciudadanía número 1049626846,  quien se desempeña en el cargo de Secretaria de Gobierno, Código 020, grado 01  de la planta global de la mencionada alcaldía municipal, para ejercer como CLAVERO  en las próximas elecciones del 27 de octubre de 2019, y las actividades que de  ello se desprendan.    

Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad  hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc, al alcalde titular del  municipio de Cucaita, a la Gobernación de Boyacá y a la Procuraduría Regional  de Boyacá.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia  Gutiérrez Castañeda.    

               

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