DECRETO 1883 DE 2019
(octubre 17)
D.O. 51.109, octubre 17 de 2019
por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial, en la jerarquía Gran Oficial, a la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo (ANATO).
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Colombiana de Agencia de Viajes y Turismo, en adelante ANATO, cuenta con una importante trayectoria en la promoción de la industria turística y de las agencias de viajes en Colombia.
Que la misma fue creada el 20 de octubre de 1949 y está conformada por Agencias Asociadas en todo el territorio nacional con nueve capítulos de representación.
Que dentro de los objetivos esenciales de ANATO, se encuentran procurar el desarrollo, fortalecimiento y facilitación de la actividad de las agencias de viajes y la interacción de estas con los partícipes de la industria turística nacional e internacional, propiciando el mejoramiento continuo de la actividad de sus asociados, proyectando el gremio dentro del Estado colombiano, para contribuir al fortalecimiento de la industria turística.
Que ANATO ha contribuido considerablemente en la promoción de la industria turística de Colombia, enfocando sus esfuerzos desde 1982, en ser el organizador de la vitrina turística más importante de Colombia, siendo el punto de encuentro anual que acoge a toda la cadena turística de bienes y servicios turísticos de más de 35 países y todas las regiones de Colombia, como las aerolíneas, hoteleros, tours operadores, oficinas de representación turística y agentes de viajes de Colombia que conocen, promueven y venden sus productos y servicios turísticos. Este espacio cuenta con la presencia de diferentes profesionales entre expositores y visitantes, y está dirigido a vendedores y compradores de productos y servicios turísticos.
Que ANATO cumple 70 años de trabajo continuo, el cual ha sido relevante para el posicionamiento de Colombia como destino turístico nacional e internacional, mediante la implementación de la vitrina turística.
Que la vitrina turística, en la actualidad se lleva a cabo en el Centro Internacional de Negocios y Exposiciones – Corferias, siendo una herramienta para comercializar la industria turística, destacando el registro de 38.500 ingresos en dos días y medio de negocios, y la calidad de los profesionales asistentes que han permitido fomentar la dinamización del turismo receptivo y la generación de corrientes emisivas hacia los países participantes.
Que revisados los requisitos consagrados en los artículos 2.2.1.9.2.1 y siguientes de la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015 y en mérito de lo expuesto, el Gobierno nacional
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la Orden del Mérito Industrial. Concédase la Orden del Mérito Industrial, en la jerarquía Gran Oficial a la Asociación Colombiana de Agencia de Viajes y Turismo (ANATO), identificada con NIT 860.020.530-8, en reconocimiento a los actos notables en el fomento de la industria nacional y prestación de servicios eminentes en su desarrollo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
José Manuel Restrepo Abondano.