DECRETO 1881 DE 2019
(octubre 17)
D.O. 51.109, octubre 17 de 2019
por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial, en la jerarquía Gran Oficial, a la Asociación Hotelera y Turística de Colombia (COTELCO).
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Hotelera y Turística de Colombia, en adelante COTELCO, fue fundada el 14 de junio de 1954 por un grupo de empresarios de la ciudad de Barranquilla, en ese momento, con la presencia de 19 hoteles del país.
Que COTELCO tiene como fines propender por el progreso de la industria hotelera, ejercer el liderazgo de las actividades relacionadas con el turismo, fomentar la cultura asociativa a través de beneficios, de manera que los jóvenes participen en el desarrollo de la industria, promover mediante campañas de divulgación la industria hotelera, agrupar los hoteles radicados en la República de Colombia, cooperar con el fomento del turismo nacional e internacional, entre otros.
Que COTELCO es un gremio que al día de hoy cuenta con cerca de mil (1000) empresas aliadas, con presencia en 23 departamentos a nivel nacional, que representa y apoya los intereses del sector hotelero y turístico colombiano, fortaleciendo su competitividad y productividad, mediante la prestación de servicios que permiten dar respuesta a las necesidades de sus afiliados y del turismo en general.
Que el trabajo de COTELCO ha permitido abrir espacios para fortalecer la industria turística de Colombia y responder a los nuevos retos del mercado nacional e internacional en materia de turismo y se ha enfocado en la eficiente gestión de proyectos que permiten dar respuesta a los problemas del turismo en Colombia y facilita a las autoridades turísticas nacionales y regionales la priorización de políticas encaminadas a fortalecer los factores asociados a la competitividad, productividad, sostenibilidad y gobernanza del sector.
Que el Centro de Pensamiento Turístico de Colombia, ha sido parte de la contribución de COTELCO, dado que se ha orientado al desarrollo sostenible y competitividad turística de Colombia, mediante una unidad de investigación destinada a la reflexión y análisis del sector turismo.
Que a través del Centro de Pensamiento Turístico de Colombia (COTELCO) ha permitido dar a conocer al país el índice de Competitividad Turística Regional de Colombia (ICTRC), como un ejercicio articulado entre la academia y el sector privado, a partir del análisis y debate académico de los desarrollos realizados en otros países y las recomendaciones de organismos especializados, como la Organización Mundial del Turismo (OMT).
Que una vez revisados los requisitos consagrados en los artículos 2.2.1.9.2.1 y siguientes de la Sección 2 Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015 y en mérito de lo expuesto, el Gobierno nacional,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la Orden del Mérito Industrial. Concédase la Orden al Mérito Industrial en la jerarquía Gran Oficial a la Asociación Hotelera y Turística de Colombia (COTELCO), identificada con NIT 860.039.032-5, en reconocimiento a los actos notables en el fomento de la industria nacional y prestación de servicios eminentes en su desarrollo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
José Manuel Restrepo Abondano.