DECRETO 1877 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 1877 DE 2018     

(octubre 4)    

D.O. 50.736, octubre 4 de  2018    

por el cual se  acepta la renuncia a un Notario.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas en el artículo 5° del Decreto ley 2163  de 1970, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 131 de la Constitución Política,  144 numeral 1 del Decreto ley 960 de  1970, y el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Luis  Alfredo Agudelo Flórez,  identificado con la cédula de ciudadanía número 19473301 de Bogotá, Notario  Único en propiedad del Círculo Notarial de Mitú – Vaupés,  nombrado mediante Decreto  número 1130 del 3 de julio de 2018, renunció al cargo mediante oficio del 5  de septiembre de 2018, radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho con  los números EXT18-0039880, el 11 de septiembre y EXT18-0040065, el 12 de  septiembre de 2018.    

Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el  artículo 144 del Decreto ley 960 de  1970, el cargo de notario se pierde por aceptación de la renuncia.    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, establece como una “falta absoluta del notario” la renuncia aceptada.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “El Notario no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo  de ellas quien deba remplazarlo”.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Acéptase la renuncia presentada por el señor Luis Alfredo Agudelo Flórez, identificado con la cédula de ciudadanía número  19473301 de Bogotá, al cargo de Notario Único en Propiedad del Círculo Notarial  de Mitú, Vaupés, de conformidad con lo expuesto en la  parte motiva de esta decisión.    

Parágrafo: El señor Luis  Alfredo Agudelo Flórez no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo  de ellas quien deba remplazarlo.    

Artículo 2° Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de octubre de  2018.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Justicia y del Derecho,    

Gloria María Borrero  Restrepo.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *