DECRETO 1841 DE 2018
(septiembre 28)
D.O. 50.730, septiembre 28 de 2018
por el cual se da por terminado un encargo y se hace un nombramiento.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2.2.5.3.4 y 2.2.5.1.1 del Decreto número 1083 de 2015, modificado por el Decreto número 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 1632 del 24 de agosto de 2018 se encargó de las funciones del empleo de Superintendente de Puertos y Transporte Código 30, de la Superintendencia de Puertos y Transporte, al doctor Juan Esteban Gil Chavarría, identificado con la cédula de ciudadanía número 71216519, Director General, Código 15 Grado 25, de la Dirección General del Instituto Nacional de Vías (Invías), mientras se nombra titular.
Que es necesario dar por terminado el encargo efectuado y nombrar a la doctora Carmen Ligia Valderrama Rojas, identificada con la cédula de ciudadanía número 52032649, como titular del empleo Superintendente de Puertos y Transporte Código 30, de la Superintendencia de Puertos y Transporte.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo de las funciones del empleo de Superintendente de Puertos y Transporte Código 30, de la Superintendencia de Puertos y Transporte, al doctor Juan Esteban Gil Chavarría, identificado con la cédula de ciudadanía número 71216519, Director General, Código 15 Grado 25, de la Dirección General del Instituto Nacional de Vías (Invías).
Artículo 2°. Nombrar a partir de la fecha, a la doctora Carmen Ligia Valderrama Rojas, identificada con la cédula de ciudadanía número 52032649, en el empleo de Superintendente de Puertos y Transporte Código 30, de la Superintendencia de Puertos y Transporte.
Artículo 3°. El presente Decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano del Ministerio de Transporte a los doctores Juan Esteban Gil Chavarría y Carmen Ligia Valderrama Rojas.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de septiembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Transporte,
Ángela María Orozco Gómez.