DECRETO 1815 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1815 DE 2019     

(octubre 7)    

D.O. 51.099, octubre 7 de 2019    

por el cual se  deroga el Decreto 450 de 2019  y se designa Gobernador ad hoc del departamento de Casanare.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Oficio número 100.0443 de 28 de  junio de 2017, el doctor Josué Alirio Barrera Rodríguez, gobernador del  departamento de Casanare, manifestó su impedimento para conocer en segunda  instancia el Proceso Policivo número 006 de 2016, por cuanto uno de los  apoderados de las partes interesadas en el mismo, es el abogado Eladio Amaya  Carranza, que ha venido fungiendo como contratista de la gobernación, invocando  la causal de recusación prevista en el numeral 5 del artículo 141 de la Ley 1564 de 2012,  Código General del Proceso.    

Que mediante auto de 14 de julio de 2017,  con número de radicación 2017-674171, el Procurador Regional de Casanare aceptó  el impedimento invocado por el doctor Josué Alirio Barrera Rodríguez, para  conocer en segunda instancia el Proceso Policivo número 006 de 2016, por  configurarse un conflicto de interés de conformidad con el numeral 4 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  así mismo, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que mediante Decreto  450 de 9 de marzo de 2018, se designó como gobernadora ad hoc para el  departamento de Casanare, a la doctora Liliana Rocío Burbano Bolaños, para  asumir el conocimiento del asunto señalado en los considerandos precedentes.    

Que mediante EXTMI18-22594 de 5 de junio  2018, la Secretaria Jurídica de Presidencia de la República, remitió  comunicación suscrita por la doctora Liliana Rocío Burbano Bolaños, a través de  la cual manifiesta que en efecto no le fue posible posesionarse como  Gobernadora ad hoc del departamento de Casanare y, por lo tanto, renuncia a tal  designación.    

Que el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015  Único Reglamentario del Sector de Función Pública, dispone que procede la  derogatoria de un nombramiento, entre otros casos, cuando “la persona designada no manifiesta la  aceptación del nombramiento, no acepta, o no toma posesión del empleo dentro de  los plazos señalados en la Constitución, la ley o el presente Título”.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  un gobernador ad hoc para el departamento de Casanare.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03- 06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Derogación. Derogar el Decreto  450 de 9 de marzo de 2018, mediante el cual se designó a la doctora Liliana  Rocío Burbano Bolaños, identificada con cédula de ciudadanía 1026255937, como  gobernadora ad hoc del departamento de Casanare.    

Artículo 2°. Designación. Designar como gobernador ad hoc del departamento de  Casanare, al doctor Francisco Javier Guzmán Figueroa, identificado con la  cédula de ciudadanía 6401184, quien se desempeña en el cargo de Asesor código  1020, grado 11, de la planta global del Ministerio del Interior, ubicado en el  Despacho del Viceministerio para la Participación e Igualdad de Derechos, para  que asuma la función de conocer en segunda instancia el Proceso Policivo número  006 de 2016.    

Artículo 3°. Posesión. El Gobernador ad hoc designado en este acto deberá  tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 92 de la Ley 1222 de 1986.    

Artículo 4°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la doctora  Liliana Rocío Burbano Bolaños, al gobernador ad hoc designado en el presente  acto, al gobernador titular del departamento de Casanare y a la Procuraduría  Regional de Casanare.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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