DECRETO 1718 DE 2018

Decretos 2018

             DECRETO 1718 DE 2018    

(septiembre 7)    

D.O. 50.709, septiembre 7 de 2018    

por el cual cesan los efectos de un decreto  en cumplimiento de una providencia judicial y se hace un encargo.    

Nota:  Modificado por el Decreto  1881 de 2018.        

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en particular las conferidas por los artículos 314 de la Constitución Política,  32 de la Ley 1617 de 2013, en  concordancia con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y el  artículo 2.2.5.4.7 de Decreto 1083 de 2015,  Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en concordancia con el  artículo 172 de la Ley 734 de 2002,    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Fabio  David Velázquez Rivadeneira, identificado con cédula de ciudadanía número  84079281, fue elegido en las elecciones de 25 de octubre de 2015 como alcalde  del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La  Guajira, para el período 2016-2019, inscrito por el Partido Cambio Radical,  según consta en el formulario E-6 AL.    

Que mediante  comunicación radicada en la Presidencia de la República bajo el número  EXT18-00045767 de 17 de mayo de 2018, la Secretaría de la Procuraduría Segunda  Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación,  remitió los fallos de primera y segunda instancia del 15 de diciembre de 2017 y  24 de abril de 2018, respectivamente, proferidos en el proceso radicado  IUS-2016 163152 – IUC-D-2016-62-854823, y 161-7174, mediante los cuales se  impuso “… a Fabio David Velásquez Rivadeneira,… en su calidad de Alcalde  de Riohacha, la sanción de destitución  e inhabilidad general por el término de doce (12) años,…”.    

Que por Ley 1766 de 2015 “por  medio de la cual se le otorga la categoría de Distrito a Riohacha, capital del  departamento de La Guajira” se erigió a Riohacha a la categoría de Distrito  Especial, Turístico y Cultural, en cuyo artículo 2° dispuso que se regirá por  la Ley 1617 de 2013, “por  la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales”.    

Que el Gobierno  nacional, en virtud de lo establecido en los artículos 2° y 32 de la Ley 1617 de 2013, en  concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002 “por  la cual se expide el Código Disciplinario Único”, expidió el Decreto  945 de 31 de mayo de 2018, dando cumplimiento a la decisión del 15 de  diciembre de 2017 de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación  Estatal, confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la  Nación el 24 de abril de 2018, dentro del proceso IUS-2016163152  -IUC-D-2016-62-854823 y 161-7174, e hizo efectiva la sanción de destitución en  el ejercicio del cargo de Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural  de Riohacha, departamento de La Guajira, al señor Fabio David Velásquez  Rivadeneira, identificado con cédula de ciudadanía número 84079281.    

Que mediante oficio  radicado en el Ministerio del Interior el 8 de junio de 2018, bajo el número  EXTMI18-23414, la Procuradora Segunda Delegada para la Contratación Estatal  remitió la solicitud planteada por el apoderado del señor Fabio David Velásquez  Rivadeneira, a través de la cual solicitó “realizar de forma inmediata los  trámites pertinentes para suspender los efectos jurídicos de la providencia  sancionatoria proferida por su despacho el día 15 de diciembre del año 2017”,  con fundamento en el fallo de tutela del 5 de junio de 2018, emitido por el  Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira en el proceso radicado  44001-23-40-000- 2018-00062-00, en el cual se resolvió:    

“Primero. Amparar  los derechos políticos y fundamentales a la igualdad y debido proceso del  señor Fabio David Velásquez Rivadeneira, conforme a las motivaciones precedentes.    

Segundo. Como  mecanismo transitorio y para evitar la configuración de un perjuicio  irremediable, ordénese la suspensión provisional de los fallos  disciplinarios emitidos por la Procuraduría Segunda Delegada para la  Contratación Estatal y la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la  Nación, adiados 15 de diciembre de 2017 y 24 de abril de 2018, respectivamente,  por medio de los cuales el demandante, señor Fabio David Velásquez Rivadeneira,  en calidad de alcalde Distrital de Riohacha, fue sancionado con destitución e  inhabilidad general para ejercer cargos públicos por el término de 12 años”.    

Que en cumplimiento  del fallo de tutela del 5 de junio de 2018, emitido por el Tribunal Contencioso  Administrativo de La Guajira en el proceso radicado 44001-23-40-000-2018-00062-00,  el Gobierno nacional mediante el Decreto  1031 del 20 de junio de 2018 cesó los efectos del Decreto  945 de 31 de mayo de 2018.    

Que mediante comunicación radicada en la Presidencia  de la República bajo el número EXT18-00085939 de 23 de agosto de 2018, la  señora Gloria Yaneth Quintero Montoya, Procuradora Segunda Delegada para la  Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación remitió copia de  los fallos de primera y segunda instancia, proferidos por la Procuraduría  General de la Nación con radicación IUS-2016 163152 – IUC-D-2016-62-854823 y  161-7174 mediante los cuales se dispuso “destituir e inhabilitar por el  término de doce (12) años a Fabio David Velásquez Rivadeneira, identificado con  cédula de ciudadanía número 84079281 en su condición de alcalde Distrital de  Riohacha”.    

De igual manera,  allegó la Sentencia de Tutela emitida por la Sección Primera de la Sala de lo  Contencioso Administrativo del Consejo de Estado del 31 de julio de 2018, con  número único de radicación 44001-23-40-000-2018-00062-01, en la cual, resolvió:    

“Primero: Revocar,  la sentencia de tutela proferida el 5 de junio de 2018 por el Tribunal  Administrativo de La Guajira, por las razones expuestas en la parte motiva de  esta providencia”.    

Que con el fin de dar  cumplimiento a la Sentencia de Tutela emitida por la Sección Primera de la Sala  de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado del 31 de julio de 2018,  se hace necesario cesar los efectos del Decreto  1031 del 20 de junio de 2018, por el cual habían cesado los efectos del Decreto  945 del 31 de mayo de 2018 que hizo efectiva la sanción disciplinaria  impuesta al señor Fabio David Velásquez Rivadeneira, identificado con cédula de  ciudadanía número 84079281 en su condición de alcalde Distrital de Riohacha,  dentro del proceso radicado IUS-2016 163152 – IUC-D-2016-62-854823 y 161-7174.    

Que exclusivamente,  mientras el Partido Cambio Radical que inscribió la candidatura del alcalde del  Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La  Guajira, presenta la terna requerida y el Gobierno nacional verifica el  cumplimiento de los requisitos de los ternados y se nombra y posesiona el  mandatario designado, el Presidente de la República debe designar alcalde  encargado, quien tendrá vocación estrictamente temporal, pues su realización  solo se justifica por la necesidad de garantizar el cumplimiento oportuno de  las tareas constitucional y legalmente encomendadas a la primera autoridad distrital,  conforme a lo indicado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-448/97 del 18 de  septiembre de 1997, magistrado ponente, Alejandro Martínez Caballero,  expediente D-1655, sin perjuicio de señalar que una vez se produzca la  designación de uno de los ternados, inmediatamente concluirá el encargo que por  el presente decreto se realiza.    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Cesación  de efectos. Dando cumplimiento a la Sentencia de Tutela emitida por la  Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de  Estado del 31 de julio de 2018, con número único de radicación  44001-23-40-000-2018- 00062-01, cesar los efectos del Decreto  1031 del 20 de junio de 2018, y en consecuencia, recobran vigencia los  efectos jurídicos del Decreto  número 945 del 31 de mayo de 2018, por el cual se hizo efectiva la sanción  de destitución al señor Fabio David Velásquez Rivadeneira, identificado con la  cédula número 84079281 en su condición de Alcalde del Distrito Especial,  Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira, con inhabilidad  general para ejercer cargos públicos por el término de doce (12) años, en  acatamiento de lo ordenado en los fallos del 15 de diciembre de 2017 de la  Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, confirmada por la  Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación el 24 de abril de  2018, dentro del proceso IUS- 2016163152 – IUC-D-2016-62-854823 y 161-7174.    

Artículo 2°. Encargo.  Encargar como alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha,  departamento de La Guajira, al señor Yondilver  Maestre Fuentes, identificado con cédula de ciudadanía número 84078278, quien  actualmente se desempeña como Secretario de Planeación, Código 020, Grado 02 de  la Alcaldía del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, mientras  se obtiene la terna del Partido Cambio Radical que inscribió la candidatura del  alcalde electo del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha y se  designa alcalde por el procedimiento de terna.    

Nota, artículo 2º: El Decreto 1881 de 2018,  artículo 5º, cesó los efectos de este artículo.    

Artículo 3°. Comunicación.  Por intermedio del Ministerio del Interior, comunicar el contenido del presente  decreto al señor Fabio David Velásquez Rivadeneira, alcalde electo; al señor Yondilver Maestre Fuentes, alcalde encargado; a la  Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal y a la Sala  Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación; a la Sección Primera de  la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y a la Alcaldía  del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha.    

Artículo 4°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de su expedición y contra él no procede  recurso alguno, conforme lo dispone en el artículo 75 del Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C.,  a 7 de septiembre de 2018.    

IVÁN DUQUE  MÁRQUEZ    

La Ministra del  Interior, Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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