DECRETO 170 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 170 DE 2019     

(febrero 8)    

D.O. 50.861, febrero 8  de 2019    

por el cual se  hace un traslado a la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  parágrafo 2° del artículo 39, artículo 40, y el artículo 62 del Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que la doctora Vanessa  Ortiz López, funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Segundo Secretario, se encuentra cumpliendo el  lapso de alternación en la planta externa desde el 3 de julio de 2017.    

Que mediante Acta 825 del 14 de diciembre de  2018, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio  de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto Ley 274 de  2000, recomendó la alternación a la planta interna de la doctora Vanessa Ortiz López, por cumplirse con los presupuestos  para aplicar el artículo 40 del Decreto Ley 274 de  2000 y por la necesidad de servicio que la requiere en Migración Colombia.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Trasladar. Trasladar a la planta interna a la doctora Vanessa Ortiz López, identificada con cédula de ciudadanía  número 1144031972 al cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores,  Código 2114, Grado 15, de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

Parágrafo. La doctora Vanessa  Ortiz López es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Segundo Secretario.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del  presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 8 de febrero de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Carlos Holmes Trujillo.    

               

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