DECRETO 1690 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1690 DE 2019     

(septiembre 16)    

D.O. 51.078, septiembre 16 de 2019    

por el cual se  hace una designación en propiedad, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 178  del Decreto 960 de 1970  en el Círculo Notarial de Medellín (Antioquia) y una designación en  interinidad, en el mismo Círculo Notarial.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  que le confiere el artículo 5° del Decreto ley 2163  de 1970, en concordancia con el artículo 2° de la Ley 588 de 2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que según lo dispuesto en el artículo 5° del  Decreto ley 2163  de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno  nacional.    

Que el artículo 2.2.6.3.2.3 del Decreto 1069 de 2015,  establece que la muerte del notario titular es una de las circunstancias  taxativas respecto de las cuales “Se  predica vacante una notaría”.    

Que la Notaría Primera (1ª) del Círculo  Notarial de Medellín quedó vacante el 20 de abril de 2019 por muerte de su  titular Nelson Ospina Gómez, tal como consta en la copia del Registro Civil de  Defunción con indicativo serial número 08753063 expedido por la misma Notaría  Primera (1ª) del Círculo Notarial de Medellín el 22 de abril de 2019.    

Que de conformidad con el numeral 3 del  artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, los notarios que han ingresado a la carrera notarial tienen entre  otras prerrogativas, “preferencia para  ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción  político-administrativa, otra Notaría de la misma categoría que se encuentre  vacante”.    

Que el 22 de abril de 2019 la Secretaria  Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, en cumplimiento del  artículo 1° del Acuerdo 003 de 2014 –mediante el cual dicho Consejo “(…) establece el procedimiento operativo  para implementar el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del  artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970”–, inició el trámite de recepción de las solicitudes de  ejercicio del derecho de preferencia formuladas por los notarios de carrera,  para proveer el cargo de notario en la Notaría Primera (1ª) del Círculo  Notarial de Medellín, tal como consta en la certificación expedida el 29 de  julio de 2019 por la Secretaria Técnica del mencionado Consejo Superior.    

Que, según consta en la certificación en  referencia los doctores: i). –Marta Cecilia Agudelo Acevedo, Notaria Treinta  (30) del Círculo Notarial de Medellín– ii). –Manuel Enrique Correa Tello,  Notario Único del Círculo Notarial de La Estrella– iii). –Wílmar Emilio David  Jaramillo, Notario Único del Círculo Notarial de Apartadó– iv). –Carlos Eduardo  Valencia García, Notario Veintisiete (27) del Círculo Notarial de Medellín– y,  v). –Lía del Carmen Hurtado López, Notaria Única del Círculo Notarial de  Copacabana– quienes se encuentran “dentro  de la misma circunscripción político-administrativa” y pertenecen “a la misma categoría de la Notaría que se  encuentra vacante”, presentaron el 24 de abril, 2, 7 y 8 de mayo de 2019  solicitudes para ocupar en ejercicio del derecho de preferencia, la Notaría  Primera (1ª) del Círculo Notarial de Medellín (Antioquia).    

Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo  2.2.6.3.3.3 del Decreto 1069 de 2015  en concordancia con el numeral 2 del artículo 1° del Acuerdo 003 de 2014, “si existen dos (2) o más solicitudes que  cumplan los requisitos, primará aquella presentada por el notario que haya  ingresado primero a la carrera notarial, sin considerar la categoría con la  cual ingresó a esta”.    

Que según consta en certificación del 29 de  julio de 2019 expedida por la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la  Carrera Notarial, el orden en que ingresaron a la carrera notarial los  interesados en ejercer el derecho de preferencia respecto de la Notaría Primera  (1ª) del Círculo Notarial de Medellín, es el siguiente:    

                     

NOMBRE DEL NOTARIO                    

FECHA DE INGRESO A LA CARRERA NOTARIAL                    

NOTARÍA CON LA CUAL INGRESÓ A LA CARRERA    NOTARIAL   

1                    

Wílmar Emilio David Jaramillo                    

07/01/2009                    

Notaría Única de Dabeiba   

2                    

Marta Cecilia Agudelo Acevedo                    

14/01/2009                    

Notaría Única de Entrerríos   

3                    

Lía del Carmen Hurtado López                    

13/04/2009                    

Notaría Única de San Pedro de Urabá   

4                    

Carlos Eduardo Valencia García                    

13/04/2012                    

Notaría Única de Jardín   

5                    

Manuel Enrique Correa Tello                    

20/01/2017                    

Notaría Única de La Estrella    

Que de acuerdo con la certificación en mención, la Secretaria  Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial mediante oficio OAJ-1162  SNR2019EE027170 del 16 de mayo de 2019, enviado por correo electrónico el mismo  día, postuló al doctor Wílmar Emilio David Jaramillo, Notario Único en  propiedad del Círculo Notarial de Apartadó (Antioquia), para su designación  como Notario Primero (1°) en propiedad del Círculo Notarial de Medellín –  Antioquia, en virtud del derecho de preferencia establecido en el numeral 3 del  artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, postulación que aceptó “por  correo electrónico…” el 20 de mayo de 2019.    

Que según consta en la certificación en  referencia, el doctor Wílmar Emilio David Jaramillo el 17 de junio de 2019  desistió de la postulación respecto de la Notaría Primera (1ª) del Círculo  Notarial de Medellín y, por tal razón, la Secretaria Técnica del Consejo  Superior de la Carrera Notarial de conformidad con el numeral 7 del artículo 1°  del Acuerdo 003 de 2014, continuó con el trámite de agotamiento del listado de  las solicitudes presentadas por los notarios que en ejercicio del derecho de  preferencia manifestaron interés sobre esta notaría, y concluyó que, la  solicitud formulada por la doctora Marta Cecilia Agudelo Acevedo prima sobre  las de los demás Notarios por encontrarse en el segundo orden de ingreso a la  carrera notarial.    

Que de acuerdo con la certificación aludida,  la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial mediante  oficio OAJ-1428 SNR2019EE034023 del 17 de junio de 2019, enviado por correo  electrónico el 18 de junio de 2019, postuló a la doctora Marta Cecilia Agudelo  Acevedo, Notaria Treinta (30) en propiedad del Círculo Notarial de Medellín –  Antioquia, para su designación como Notaria Primera (1ª) en propiedad del mismo  Círculo Notarial, en virtud del derecho de preferencia establecido en el  numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970; postulación que aceptó “por  correo electrónico…” el mismo 18 de junio de 2019.    

Que adelantado el trámite previsto en los  artículos 2.2.6.3.3.1, 2.2.6.3.3.2 y 2.2.6.3.3.3 del Decreto 1069 de 2015  y en el Acuerdo 003 de 2014, la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la  Carrera Notarial concluyó que, para proveer la vacante de la Notaría Primera  (1ª) del Círculo Notarial de Medellín, “se  debe nombrar a la doctora Marta Cecilia Agudelo Acevedo, Notaria Treinta (30)  de Medellín (Antioquia)”, tal como consta en la certificación expedida  por esa secretaría el 29 de julio de 2019.    

Que, en este orden procede nombrar en  propiedad a la doctora Marta Cecilia Agudelo Acevedo, identificada con la  cédula de ciudadanía número 43030638 expedida en Medellín, actual Notaria  Treinta (30) en propiedad del Círculo Notarial de Medellín, en el cargo de Notaria  Primera (1ª) del Círculo Notarial de Medellín (Antioquia).    

Que la designación en propiedad de la  doctora Marta Cecilia Agudelo Acevedo en la Notaría Primera (1ª) del Círculo  Notarial de Medellín, en virtud del ejercicio del derecho de preferencia no  configura falta absoluta ni causal de vacancia en los términos establecidos en  el artículo 2.2.6.3.2.3 del Decreto 1069 de 2015.    

Que la Notaría Treinta (30) del Círculo  Notarial de Medellín no será provista en ejercicio del derecho de preferencia,  tal como informa la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera  Notarial en la mencionada certificación del 29 de julio de 2019.    

Que de conformidad con lo establecido en el  artículo 2° de la Ley 588 de 2000, en  caso de vacancia, si no hay lista vigente de elegibles, podrá el nominador  designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el  respectivo concurso.    

Que la lista definitiva de elegibles  aprobada mediante Acuerdo 026 de 2016 dentro del concurso de méritos para el  ingreso a la carrera notarial convocado por el Consejo Superior de la Carrera  Notarial mediante Acuerdo 001 de 2015, estuvo vigente hasta el 3 de julio de  2018.    

Que por estrictas necesidades del servicio  público notarial procede designar un notario en interinidad en la Notaría  Treinta (30) del Círculo Notarial de Medellín (Antioquia), que cumpla los  requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto ley 960 de  1970.    

Que en cumplimiento de lo señalado en el  numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 2014,  la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y  Registro, mediante documento del 29 de julio de 2019 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada  por el señor Santiago Velásquez Fernández, identificado con cédula de  ciudadanía 98669904 de Envigado (Ant.), se establece que el citado profesional  cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función  notarial, en Notarías de primera categoría”.    

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el  artículo 1° del Decreto 2874 de 1994  compilado en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015,  la Superintendencia de Notariado y Registro mediante documento del 29 de julio  de 2019 emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al doctor “Santiago Velásquez Fernández, identificado  con cédula de ciudadanía 98669904 de Envigado (Ant.), como Notario Treinta (30)  del Círculo de Medellín, en interinidad, quien cumple con las calidades  exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial”.    

Que, en este orden procede nombrar en  interinidad al doctor Santiago Velásquez Fernández, identificado con cédula de  ciudadanía número 98669904 de Envigado, en el cargo de Notario Treinta (30) del  Círculo Notarial de Medellín (Antioquia).    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnese en propiedad a la  doctora Marta Cecilia Agudelo Acevedo, identificada con la cédula de ciudadanía  número 43030638 expedida en Medellín, en el cargo de Notaria Primera (1ª) del  Círculo Notarial de Medellín (Antioquia).    

Artículo 2°. Desígnese en interinidad al  doctor Santiago Velásquez Fernández, identificado con la cédula de ciudadanía  número 98669904 expedida en Envigado, en el cargo de Notario Treinta (30) del  Círculo Notarial de Medellín (Antioquia).    

Artículo 3°. Para posesionarse en el cargo,  los designados deben aportar y acreditar, ante la Superintendencia de Notariado  y Registro, la documentación de ley.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Justicia y del Derecho,    

Margarita Leonor Cabello Blanco.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *