DECRETO 1671 DE 2019
(septiembre 12)
D.O. 51.074, septiembre 12 de 2019
por el cual se establece la planta de personal del Ministerio del Deporte y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1967 de 2019 transformó al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) en Ministerio del Deporte, señalando que, de conformidad con el cambio de naturaleza, el Gobierno nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales procederá a adoptar la estructura interna del Ministerio y adecuar, de ser necesario, la planta de personal a la nueva naturaleza de la entidad;
Que la Ley 1967 de 2019 estableció la estructura interna del Ministerio del Deporte y creó la Oficina de Control Interno Disciplinario, razón por la cual se hace necesario crear el empleo para esta oficina;
Que, así mismo, la citada ley señaló que los servidores públicos que a la entrada en vigencia de la ley se encontraban vinculados al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) quedarán automáticamente incorporados en la planta de personal del Ministerio del Deporte;
Que como consecuencia del cambio de naturaleza, es necesario suprimir la planta de personal del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) y establecer la planta de personal para el Ministerio del Deporte, para lo cual la entidad presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 del 2015, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable para adoptar la planta de personal del Ministerio del Deporte;
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión de planta de personal. Suprimir la planta de personal del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes):
N° de cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR
1 (Uno)
Director de Departamento Administrativo
0010
2 (Dos)
Asesor
1020
15
2 (Dos)
Asesor
1020
13
2 (Dos)
Asesor
1020
04
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho de Departamento Administrativo
4212
25
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
DESPACHO DEL SUBDIRECTOR
1 (Uno)
Subdirector de Departamento Administrativo
0025
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Secretario General de Departamento Administrativo
0035
22
4 (Cuatro)
Director Técnico
0100
22
1 (Uno)
Jefe de Oficina
0137
19
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
16
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
16
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
23
10 (Diez)
Profesional Especializado
2028
22
11 (Once)
Profesional Especializado
2028
21
48 (Cuarenta y ocho)
Profesional Especializado
2028
18
6 (Seis)
Profesional Especializado
2028
17
9 (Nueve)
Profesional Especializado
2028
15
3 (Tres)
Profesional Especializado
2028
13
8 (Ocho)
Profesional Especializado
2028
12
25 (Veinticinco)
Profesional Universitario
2044
11
5 (Cinco)
Profesional Universitario
2044
10
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
09
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
7 (Siete)
Técnico
3100
18
2 (Dos)
Técnico
3100
15
12 (Doce)
Secretario Ejecutivo
4210
24
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
16
5 (Cinco)
Conductor Mecánico
4103
19
Artículo 2°. Adopción de planta de personal. Las funciones propias del Ministerio del Deporte, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
N° de cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno)
Ministro
0005
1 (Uno)
Asesor
1020
15
2 (Dos)
Asesor
1020
13
2 (Dos)
Asesor
1020
04
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
4212
25
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
DESPACHO DEL VICEMINISTRO
1 (Uno)
Viceministro de Ministerio
0020
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Secretario General de Ministerio
0035
22
4 (Cuatro)
Director Técnico
0100
22
2 (Dos)
Jefe de Oficina
0137
19
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
16
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
16
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
23
10 (Diez)
Profesional Especializado
2028
22
11 (Once)
Profesional Especializado
2028
21
48 (Cuarenta y ocho)
Profesional Especializado
2028
18
6 (Seis)
Profesional Especializado
2028
17
9 (Nueve)
Profesional Especializado
2028
15
3 (Tres)
Profesional Especializado
2028
13
8 (Ocho)
Profesional Especializado
2028
12
25 (Veinticinco)
Profesional Universitario
2044
11
5 (Cinco)
Profesional Universitario
2044
10
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
09
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
7 (Siete)
Técnico
3100
18
2 (Dos)
Técnico
3100
15
12 (Doce)
Secretario Ejecutivo
4210
24
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
16
5 (Cinco)
Conductor Mecánico
4103
19
Artículo 3°. Incorporación automática. De conformidad con el artículo 8° de la Ley 1967 de 2019, los servidores públicos que a la entrada en vigencia de la mencionada ley se encontraban vinculados al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) quedarán automáticamente incorporados en la planta de personal que se adopte para el Ministerio del Deporte, por lo cual únicamente se deberán actualizar las actas de posesión.
Para el caso del Director y Subdirector del Departamento se procederá a nombrarlos en los cargos de Ministro y Viceministro, respectivamente, dentro de la facultad discrecional del Presidente, para lo cual no se requerirá surtir los trámites señalados en los artículos 2.2.13.2.2 y 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015, por cuanto sus hojas de vida se publicaron para el cargo que actualmente ocupan. Para efectuar el nombramiento, el Coordinador Financiero del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, hoy Ministerio del Deporte, expedirá la respectiva disponibilidad presupuestal.
Artículo 4°. El Ministro del Deporte distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Ministerio.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 4965 de 2011 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.