DECRETO 1665 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1665 DE 2019    

(septiembre 12)    

D.O. 51.074, septiembre 12 de 2019    

por el cual se  hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y  Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015  y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto Ley 274 de  2000,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000 «por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la  Carrera Diplomática y Consular», establece que en virtud del principio de  especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a  personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente  sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y  Consular para proveer dichos cargos.    

Que de acuerdo con la Certificación número  I-GCDA-19-018549 del 30 de agosto de 2019, expedida por la Directora de Talento  Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de  Carrera Diplomática y Consular existe un (1) funcionario de la planta global de  la Carrera Diplomática y Consular que, a la fecha, está ubicado en un cargo por  debajo de la categoría de Consejero.    

Que el funcionario se encuentra en  Disponibilidad desde el 26 de noviembre de 2018, situación administrativa  realizada a solicitud propia que no le permite tomar posesión en un cargo  equivalente a la categoría de Consejero, toda vez que es un retiro temporal del  servicio, sin perder el derecho a pertenecer a la carrera diplomática y  consular.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar en provisionalidad al señor Jaime Alberto  Mejía Alvarán, identificado con cédula de ciudadanía número 3563878, en el  cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, Código 1012, Grado 11, de la  planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada  de Colombia ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del  Norte.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del  presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Carlos Holmes  Trujillo.    

               

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