DECRETO 1644 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1644 DE 2019     

(septiembre 10)    

D.O. 51.072, septiembre 10 de 2019    

por el cual se  nombra Superintendente de la Economía Solidaria ad hoc.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que  le confiere el artículo 189, numeral 13 de la Constitución  Política de Colombia, y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Ministro de Hacienda y Crédito  Público, mediante la Resolución número 2330 del 22 de julio de 2019, aceptó el  impedimento presentado por el doctor Ricardo Lozano Pardo, Superintendente de  la Economía Solidaria, para adelantar o sustanciar actuaciones administrativas,  realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas  relacionadas con el Fondo de Empleados de los Trabajadores y Pensionados de  Ecopetrol S. A. (Cavipetrol);    

Que como consecuencia de lo anterior, se  hace necesario designar un Superintendente de la Economía Solidaria ad hoc para conocer de las  actuaciones administrativas relacionadas con el Fondo de Empleados de los  Trabajadores y Pensionados de Ecopetrol S. A. (Cavipetrol);    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Superintendente de la Economía Solidaria Ad hoc. Designar como  Superintendente de la Economía Solidaria ad  hoc al doctor Gustavo Serrano Amaya, identificado con cédula de  ciudadanía número 19352145, quien se desempeña como Superintendente Delegado  para la Supervisión de la Actividad Financiera del Cooperativismo de la  Superintendencia de la Economía Solidaria, para adelantar o sustanciar  actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o  pronunciar decisiones definitivas relacionadas con el Fondo de Empleados de los  Trabajadores y Pensionados de Ecopetrol S. A. (Cavipetrol).    

Artículo 2°. Comunicación. El presente decreto será comunicado a través de la  Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de septiembre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *