DECRETO 015 DE 2019
(enero 11)
D.O. 50.833, enero 11 de 2019
por el cual se otorga la Condecoración Orden de Boyacá a un Personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados de las Fuerzas Militares, Policía Nacional y un servidor adscrito a la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11 del Decreto 2396 de 1954, modificado por el Decreto 3273 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que la “Orden de Boyacá” fue creada por el Libertador para premiar los esfuerzos y sacrificios de los Proceres y restablecida con ocasión del primer centenario de la batalla que selló la independencia de Colombia, es galardón valiosísimo que se otorga a los oficiales seleccionados por sus servicios a las Fuerzas Militares y a la Patria;
Que los señores Oficiales, Suboficiales y Civiles que se relacionan en el presente decreto se han distinguido por sus méritos y abnegados servicios prestados a la Patria, a la Institución Castrense y han honrado con sus virtudes la carrera de las armas.
Que el Consejo de la Orden de Boyacá, mediante Acta número 0119000088302 MDN-COGFM- JEMCO-SEMPE-CGDJ1-DIGPE-ARBIF- 2.25 de fecha 8 de enero de 2019, recomendó otorgar la citada condecoración al Personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados de las Fuerzas Militares, Policía Nacional y servidor adscrito a la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación, que se relacionan en el presente acto administrativo.
Que al corresponder al Gobierno nacional premiar a quienes con desprendimiento de sus intereses, se consagran al servicio de la Nación,
DECRETA:
Artículo 1°. Otórguese la Condecoración “Orden de Boyacá”, en las categorías “Cruz de Comendador” y Cruz de Caballero, al Personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados de las Fuerzas Militares, Policía Nacional y servidor adscrito a la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación, que se relacionan a continuación de conformidad con la parte motiva del presente acto administrativo, así:
Artículo 2°. La condecoración otorgada en el presente decreto, será impuesta a los agraciados, conforme lo dispone el reglamento de Ceremonial Militar.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de enero de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Viceministra de Relaciones Exteriores Encargada de las funciones del Despacho del señor Ministro de Relaciones Exteriores,
Luz Stella Jara Portilla.
El Ministro de Defensa Nacional,
Guillermo Botero Nieto.