DECRETO 1491 DE 2019

Decretos 2019

             DECRETO 1491 DE 2019    

(agosto 15)    

D.O. 51.046, agosto 15 de 2019    

por el cual se  concede la Orden del Mérito Industrial, en la categoría de Gran Oficial, a la  Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI).    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en desarrollo de lo  previsto en la Sección 3 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2  del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que la Asociación Nacional de Empresarios de  Colombia, en adelante -ANDI-, cuenta con una trayectoria excepcional en el  sector industrial en Colombia;    

Que la misma fue fundada el 11 de septiembre  de 1944 en Medellín y, desde entonces, se constituyó como uno de los gremios  industriales y empresariales más importantes de Colombia;    

Que la ANDI, tiene como objetivo principal  difundir y propiciar los principios políticos, económicos y sociales de un sano  sistema de libre empresa, basado en la dignidad humana, en la libertad, la  democracia política, la justicia social y el respeto a la propiedad privada;    

Que dentro de los principios esenciales de  la ANDI se halla, entre otros, los de: a) Defender, fomentar y difundir los  principios políticos, económicos y sociales del sistema de libre empresa. Así  mismo, propender por la vigencia y respeto de los valores éticos dentro de la  comunidad empresarial, b) Procurar el desarrollo económico y tecnológico del  país y la elevación del progreso social de todos los colombianos, colaborando  con el Estado en todo cuanto sea necesario para obtener estos fines, c) Actuar  ante las ramas legislativa y ejecutiva del poder público, y en general ante los  organismos del Estado para procurar, por la vía de la concertación, normas  convenientes para la Nación, los sectores económicos y los afiliados de la  Asociación, d) Mantener contacto, en representación del sector privado, con  entidades nacionales y extranjeras que se ocupen de asuntos económicos y  sociales, y facilitar a los afiliados la información que pueda serles útil, e)  Adelantar campañas para explicar y difundir los méritos de la democracia  política y económica, así como las ventajas de un mercado libre y competitivo,  f) Cooperar en la defensa de los legítimos intereses de sus afiliados,  organizando los servicios que presta la Asociación, así como buscar la solidaridad  de los sectores y gremios que representa, para el mejor cumplimiento de estos  objetivos;    

Que la ANDI está integrada por un porcentaje  significativo de empresas pertenecientes a sectores como el industrial,  financiero, agroindustrial, de alimentos, comercial y de servicios;    

Que la ANDI, ha enfocado sus esfuerzos en la  generación de producción y empleo, aprovechando el progreso tecnológico,  promoviendo la innovación con apoyo en las instituciones educativas para lograr  cumplir con las futuras necesidades y demandas del trabajo;    

Que la ANDI, lleva décadas aportando  considerablemente a los esfuerzos del desarrollo de la industria nacional. Su  primer presidente fue el antioqueño José Gutiérrez Gómez, a quien lo sucedió  Alejandro Uribe Escobar. Posteriormente, el cargo fue ocupado por Luis Prieto  Ocampo, Fabio Echeverri Correa, Carlos Arturo Ángel, Luis Carlos Villegas  Echeverri y Bruce Mac Master;    

Que la ANDI participó activamente del  proceso de apertura económica en Colombia, trascendental para la historia del  mismo, así como intervino en la fundación de la Empresa Colombiana de Petróleos  (Ecopetrol), de Empresas Públicas de Medellín, del Sena, de las cajas de  compensación familiar y del sistema de seguridad social, incluido el Instituto  de Seguros Sociales;    

Que  dentro de los principales logros de la ANDI, se destaca su trabajo arduo para  que Colombia sea un país más competitivo en la región, su lucha para reducir la  informalidad, el contrabando y otras formas de ilegalidad, su participación en  políticas públicas y proyectos que fortalezcan la certidumbre jurídica, dentro  de una estrategia de desarrollo social y sostenible;    

Que, así mismo, la ANDI apoya de manera  fehaciente los diferentes Programas de Posconsumo y Residuos para el Desarrollo  y Sostenibilidad Ambiental, así como promueve el aporte del sector privado en  calidad del recurso hídrico, y en la conservación y restauración de  ecosistemas;    

Que la ANDI, cumple 75 años de trabajo  continuo, el cual ha sido imprescindible para el crecimiento de Colombia desde  todas las áreas junto con el conglomerado de empresas que lo conforman, siendo  que es una oportunidad memorable para que el Gobierno nacional realice un  reconocimiento a la trascendental labor realizada por la misma;    

Que revisados los requisitos consagrados en  los artículos 2.2.1.9.2.1 y siguientes del Decreto 1074 de 2015  y previo estudio de los requisitos exigidos por la norma, el Gobierno nacional,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Otorgamiento de la Orden del  Mérito Industrial. Concédase la Orden al Mérito Industrial en la categoría  de Gran Oficial, a la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI),  identificada con NIT número 890.900.762-5, en reconocimiento a su notable  contribución y aportes a la industria nacional en los últimos 75 años de la  historia de Colombia.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial.    

Publíquese, y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de agosto de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de Comercio, Industria y  Turismo,    

José Manuel Restrepo Abondano.    

               

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