DECRETO 1382 DE 2018
(agosto 2)
D.O. 50.673, agosto 2 de 2018
por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto 1185 del 11 de julio de 2018.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución, parágrafo 1° del artículo 6°, y los artículos 40 y 51, literal b) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 1185 del 11 de julio de 2018, se comisionó a la planta externa al doctor Miguel Camilo Ruiz Blanco, identificado con cédula de ciudadanía número 19369239 al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de Personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Austria.
Que mediante Memorando I-DVRE-18-015052 del 24 de julio de 2018, la Viceministra de Relaciones Exteriores informó que el Embajador Miguel Camilo Ruiz Blanco, además de ejercer como Embajador de Colombia ante Austria, será el Representante Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (Onudi), la Organización Internacional para la Energía Atómica (OIEA), y los demás organismos del Sistema de Naciones Unidas con sede en Viena, Austria.
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el artículo 1° del Decreto 1185 del 11 de julio de 2018 el cual quedará así:
“Artículo 1°. Comisiónase a la planta externa al doctor Miguel Camilo Ruiz Blanco, identificado con cédula de ciudadanía número 19369239 al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de Personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Austria y Representante Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (Onudi), la Organización Internacional para la Energía Atómica (OIEA), y los demás organismos del Sistema de Naciones Unidas con sede en Viena, Austria.”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.