DECRETO 1371 DE 2018
(agosto 2)
D.O. 50.673, agosto 2 de 2018
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1873 de 2017, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, el cual se liquidó mediante el Decreto 2236 de 2017.
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.
Que el Gobierno de la República de Colombia, a través de la Cancillería y la Unión Europea firmaron el Convenio de Financiación número DCI -ALA/2015/38 -166 “Contrato de reforma Sectorial para el Desarrollo Local Sostenible”, con el objetivo de contribuir a la superación de las desventajas sociales y económicas de las regiones marginadas y afectadas por el conflicto de Colombia, como un medio para alcanzar un país equitativo y una paz duradera por valor de 21.500.000 Euros. El programa apoyará la implementación de la política de “Crecimiento Verde”.
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficios 20184320000696 y 20184320000706 del 11 de mayo de 2018, suscritos por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición por $255,836,717.00 al presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, y por $500.000.000.00 al presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Ambiente Desarrollo Sostenible – Gestión General, respectivamente.
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con Oficios números OAP- 8130-E2-2018-016361 y OAP-8130-E2- 2018-021038 del 31 de mayo y 12 de julio de 2018, solicitó la incorporación de los recursos donados por la Unión Europea, por valor de $755.836.717,00. ·
Que la Subdirectora Administrativa y Financiera, la Coordinadora de Presupuesto y la Coordinadora del Grupo de Tesorería del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible certificó, que el saldo a marzo 31 de 2018 es de tres millones setecientos noventa y nueve mil quinientos veintinueve euros con 95 céntimos (3.799.529,95 €) depositados en la cuenta en Euros No. 51498806 del Banco de la República denominada DTNDONACION DCI-ALA/2015/38-166CONT.REF.SECTO.DESAR.LOC.SOST.MINAMBIENTE, correspondientes al convenio de financiación número DCI ALA/2015/38-166 entre la Unión Europea y la República de Colombia, disponibles para incorporar.
DECRETA:
Artículo 1°. Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, en la suma de setecientos cincuenta y cinco millones ochocientos treinta y seis mil setecientos diecisiete pesos ($755.836.717,00) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Artículo 2°. Adición al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma setecientos cincuenta y cinco millones ochocientos treinta y seis mil setecientos diecisiete pesos ($755.836.717,00) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Artículo 3°. Liquidación de la adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de setecientos cincuenta y cinco millones ochocientos treinta y seis mil setecientos diecisiete pesos ($755.836.717,00) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Artículo 4°. Liquidación de la adición del Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de setecientos cincuenta y cinco millones ochocientos treinta y seis mil setecientos diecisiete pesos ($755.836.717,00) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.