DECRETO 1365 DE 2018
(julio 31)
D.O. 50.671, julio 31 de 2018
por el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto número 1083 de 2015 y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de 2000
CONSIDERANDO:
Que el artículo 60 del Decreto ley 274 de 2000 “por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”, establece que en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos;
Que la Sección Quinta del Consejo de Estado, en sentencia del 16 de octubre de 2014 (Radicado número 25000234100020140001301 C. P. Alberto Yepes Barreiro) explicó que era posible designar en provisionalidad a personas que no pertenecen a la carrera Diplomática y Consular, con base en el principio de especialidad, para satisfacer necesidades de urgencia del servicio:
“La Corte Constitucional mediante Sentencia C-292 de 2001 declaró ajustado a la norma superior el Decreto ley 274 de 2000, por considerar que se desarrolló con base en el principio de especialidad y para satisfacer necesidades de urgencia en la prestación del servicio, razones que evidencian que la vulneración de los principios invocados por el demandante no son de recibo, pues como lo dijo la Corte Constitucional en el fallo citado, el principio de especialidad se aviene a la necesidad de surtir nombramientos dentro de dicha carrera con personal ajeno, cuando exista la imposibilidad de hacerlo con personal escalafonado”;
Que como consta en la Certificación GCDA número 652 expedida por la Directora de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de Carrera Diplomática y Consular no existen funcionarios de la planta global de la Carrera Diplomática y Consular que estén ubicados en cargos por debajo de la categoría de Ministro Consejero, en aplicación del artículo 53 del Decreto número 274 de 2000 y/o de los artículos 37 literales a. y b. en concordancia con el artículo 40 del mismo decreto;
Que de acuerdo con el principio de especialidad, y con el fin de atender situaciones relacionadas con la necesidad del servicio, y con el objetivo de garantizar el cumplimiento del servicio de la política exterior, se designará en provisionalidad al doctor John Jairo Ocampo Niño, identificado con cédula de ciudadanía número 79483641, quien cumple con los requisitos establecidos en el artículo 61 del Decreto ley 274 de 2000 “por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”;
Que por lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Designar en provisionalidad al doctor John Jairo Ocampo Niño, identificado con cédula de ciudadanía número 79483641, en el cargo de Ministro Consejero, Código 1014, Grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado de Colombia en Las Palmas de Gran Canaria, España.
Artículo 2°. El doctor John Jairo Ocampo Niño ejercerá las funciones de Cónsul de Colombia en Las Palmas de Gran Canaria, España y se desempeñará como Jefe de la Oficina Consular mencionada.
Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.