DECRETO 1327 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 1327 DE 2018     

(julio 27)    

D.O. 50.667, julio 27 de  2018    

por el cual se  hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y  Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015  y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de  2000.    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto  ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera  Diplomática y Consular”, establece que en virtud del principio de  especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a  personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente  sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y  Consular para proveer dichos cargos.    

Que la Sección Quinta del Consejo de Estado,  en sentencia del 16 de octubre de 2014 (radicado 25000234100020140001301 C. P.  Alberto Yepes Barreiro) explicó que era posible  designar en provisionalidad a personas que no pertenecen a la carrera  diplomática y consular, con base en el principio de especialidad, para  satisfacer necesidades de urgencia del servicio:    

“La Corte Constitucional mediante Sentencia  C-292 de 2001 declaró ajustado a la norma superior el Decreto ley 274 de  2000, por considerar que se desarrolló con base en el principio de  especialidad y para satisfacer necesidades de urgencia en la prestación del  servicio, razones que evidencian que la vulneración de los principios invocados  por el demandante no son de recibo, pues como lo dijo la Corte Constitucional  en el fallo citado, el principio de especialidad se aviene a la necesidad de  surtir nombramientos dentro de dicha carrera con personal ajeno, cuando exista  la imposibilidad de hacerlo con personal escalafonado.”    

Que como consta en la certificación GCDA  número 633 expedida por la Directora de Talento Humano del Ministerio de  Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de Carrera Diplomática y Consular no  existen funcionarios de la planta global de la Carrera Diplomática y Consular  que estén ubicados en cargos por debajo de la categoría de Primer Secretario,  en aplicación del artículo 53 del Decreto 274 de 2000  y/o de los artículos 37 literales a) y b) en concordancia con el artículo 40  del mismo decreto.    

Que de acuerdo con el principio de  especialidad, y con el fin de atender situaciones relacionadas con la necesidad  del servicio, y con el objetivo de garantizar el cumplimiento del servicio de  la política exterior, se designará en provisionalidad a la señora Natalia  Arboleda Niño, quien cumple con los requisitos establecidos en el artículo 61  del Decreto  ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la  Carrera Diplomática y Consular”.    

Que la señora Natalia Arboleda Niño, había  sido nombrada en provisionalidad para ocupar el cargo Consejero de Relaciones  Exteriores, Código 1012, Grado 11, en la Delegación Permanente de Colombia ante  la Organización de Naciones Unidas (ONU) con sede en Nueva York,  Estados Unidos de América, mediante Decreto  496 del 27 de marzo de 2017 y dicho acto administrativo fue declarado nulo  en sentencia de fecha 8 de febrero de 2018, al cual se le dio cumplimiento  mediante Decreto  780 del 8 de mayo de 2018.    

Que la Sección Primera Subsección  B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca  (radicado 25000234100020170067100 M. P. Claudia Lozzi)  al resolver una demanda de nulidad electoral contra un decreto de nombramiento  provisional en un cargo de carrera diplomática y consular afirmó:    

“iv) La eventual  declaratoria de nulidad del acto administrativo demandado no tiene como  consecuencia ordenar al Ministerio de Relaciones exteriores volver a efectuar  el nombramiento del cargo que actualmente ocupa “…” Ya será la entidad en el  marco de su competencia que decidirá respecto a la provisión del cargo,  fundamentándose no en los hechos que motivaron la expedición del Decreto “…”  sino en las circunstancias fácticas actuales respecto a la situación jurídica de  quienes componen la planta de personal en Carrera Diplomática y Consular, lo  que dará lugar a la expedición de un nuevo acto administrativo ajeno al que se  cuestiona en este proceso.”    

Que teniendo en cuenta que las  circunstancias fácticas actuales han cambiado, así como la situación jurídica  de quienes componen la planta de personal del Ministerio de Relaciones  Exteriores y que persisten las necesidades del servicio en la DELEGACIÓN  PERMANENTE DE COLOMBIA ANTE LA ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS (ONU) CON SEDE  EN NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, es viable proceder con una  designación en provisionalidad.    

Que por lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designar en provisionalidad a  la doctora Natalia Arboleda Niño, identificada con cédula de ciudadanía número  52991507, en el cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, Código  2112, Grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores,  adscrito a la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de  Naciones Unidas (ONU) con sede en Nueva York, Estados  Unidos de América.    

Artículo 2°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de julio de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *