DECRETO 1309 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1309 DE 2019      

(julio 20)    

D.O. 51.022, julio 22  de 2019    

por el cual se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política; y  los artículos 40; 53 literal a); y 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que Luz Stella Jara  Portilla, es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Embajador y se encuentra actualmente cumpliendo el  lapso de alternación en la planta interna desde el 8 de agosto de 2017.    

Que por acta 834 del  9 de julio de 2019, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y  Consular, en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo  73 del Decreto ley 274 de  2000, emitió concepto favorable para su traslado al Consulado General de  Colombia en Montreal, ante la inminente necesidad del servicio generada por el  retiro del Cónsul General, lo que exige la designación inmediata de un nuevo  Jefe de Oficina.    

Que, en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisión. Comisionar a la planta  externa a la Embajadora Luz Stella Jara Portilla, identificada con cédula de  ciudadanía número 35495665 al cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074,  grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito  al Consulado General de Colombia en Montreal, Canadá.    

Parágrafo 1°. Escalafón. Luz Stella Jara Portilla  es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular,  en la categoría de Embajador.    

Parágrafo 2°. Funciones Consulares. La Embajadora  Luz Stella Jara Portilla ejercerá las funciones de Cónsul General en el  Consulado General de Colombia en Montreal, Canadá, y se desempeñará como Jefe  de la Oficina Consular mencionada.    

Artículo 2°. Alternación. El período de  alternación de la Embajadora Luz Stella Jara Portilla comenzará a contarse a  partir de la fecha de su posesión.    

Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que  ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los  presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la  Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 20 de julio de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de  Relaciones Exteriores,    

Carlos Holmes Trujillo García.    

               

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