DECRETO 1299 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 1299 DE 2018     

(julio 25)    

D.O. 50.665, julio 25 de  2018    

por medio del cual se modifica el Decreto número  1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo  relacionado con la integración del Consejo para la Gestión y Desempeño  Institucional y la incorporación de la política pública para la Mejora  Normativa a las políticas de Gestión y Desempeño Institucional.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de las Leyes 87 de 1993 y 1753 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 2° de la Constitución Política  establece como uno de los fines esenciales del Estado garantizar la efectividad  de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Política.    

Que por medio del documento del Consejo  Nacional de Política Económica y Social (CONPES) 3816 de 2014, “Mejora  Normativa: Análisis de Impacto”, se dio inicio a la adopción de la política  integral de Mejora Normativa, cuyos pilares propenden por el cumplimiento de  los objetivos para los cuales se expiden las regulaciones y la protección del  ordenamiento jurídico.    

Que el documento CONPES 3816 de 2014  recomendó la creación de una instancia de alto nivel para la coordinación y  orientación de la política de Mejora Normativa, con el fin de buscar su  efectiva implementación entre las distintas entidades que tienen competencias y  funciones sobre esta materia.    

Que dentro de las recomendaciones del citado  CONPES se señaló que las acciones de la política de Mejora Normativa se deben  articular con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el Modelo Estándar  de Control Interno (MECI) y otras herramientas que permitan su divulgación y  seguimiento en las entidades públicas del orden nacional.    

Que el Decreto número  979 de 2017, que adicionó el Capítulo 13 al Título 3 de la Parte 2 del  Libro 2 del Decreto número  1069 de 2015, adoptó el Plan Decenal del Sistema de Justicia 2017- 2027, en  el cual se introdujo como estrategia transversal el principio de seguridad  jurídica, que impone a las autoridades el deber de fortalecer la eficacia del  ordenamiento jurídico mediante el desarrollo de diferentes planes, programas y  proyectos que incluyen, entre otros, la mejora del proceso de producción  normativa.    

Que el Sistema de Gestión, creado por medio  del artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, es  el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e  información, cuyo objeto es dirigir la gestión y el desempeño institucional y a  la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce  efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la  integridad, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto número  1499 de 2017.    

Que el Consejo para la Gestión y Desempeño  Institucional, en sesión del 14 de junio de 2018, recomendó al Gobierno  nacional modificar su integración, con el fin de incluir al Ministerio de  Justicia y del Derecho como uno de sus miembros, así como incorporar la  política de Mejora Normativa dentro del Sistema de Gestión, con el fin de que  abarque aspectos de la calidad en la producción de las normas, su impacto, la  racionalización del inventario normativo, la participación y consulta pública  en el proceso de elaboración de las normas, la generación de capacidades dentro  de la administración pública, al igual que la defensa y la divulgación del  ordenamiento jurídico.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. El artículo 2.2.22.1.3 del Decreto número  1083 de 2015, “por el cual se  expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública” tendrá  un nuevo numeral con el siguiente texto:    

“11. Ministerio de Justicia y del Derecho”    

Artículo 2°. El artículo 2.2.22.2.1 del Decreto número  1083 de 2015, “Por el cual se  expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública” tendrá  un nuevo numeral con el siguiente texto:    

“17. “Mejora Normativa”    

Artículo 3°. Vigencia y  derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación, modifica los artículos 2.2.22.1.3 y 2.2.22.2.1 del Decreto número  1083 de 2015 y deroga el Decreto número  1052 de 2014.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Enrique Gil  Botero.    

El Director del Departamento Nacional de  Planeación,    

Enrique Luis Fernando Mejía Alzate.    

El Director del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República,    

Hernando Alfonso Prada Gil.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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