DECRETO 124 DE 2019
(febrero 4)
D.O. 50.857, febrero 4 de 2019
por el cual se acepta una renuncia y se designa alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón (Antioquia).
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Comunicación número 100-683 de 12 de diciembre de 2017, el doctor Obed Zuluaga Henao, Alcalde Municipal del municipio de Sonsón (Antioquia), se declaró impedido para asumir la defensa del municipio en el proceso de simple nulidad contra el Acuerdo Municipal número 013 de 31 de agosto de 2014, comoquiera que es el demandante dentro del proceso, por lo que se sustenta en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002;
Que mediante auto con Radicado número IUS E- 2017-927204 de 28 de diciembre de 2017, el Procurador Regional de Antioquia, aceptó el impedimento presentado por el doctor Obed Zuluaga Henao, al considerar que “le da piso al conflicto de intereses con alcance capaz de alterar la imparcialidad del impedido para proveer lo necesario en pro de la defensa del municipio de Sonsón en el marco del litigio judicial de simple nulidad”, encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, y consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;
Que mediante Decreto número 1052 de 22 de junio de 2018, se designó como alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón, departamento de Antioquia, al doctor Héctor Augusto Monsalve Restrepo, para designar apoderado y asumir las gestiones relacionadas con la defensa del municipio de Sonsón, Antioquia, en el proceso de simple nulidad que cursa contra el Acuerdo Municipal número 13 de 31 de agosto de 2014;
Que mediante Radicado número EXTMI18-33286 de 16 de agosto de 2018, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República remitió la renuncia presentada por el doctor Héctor Augusto Monsalve Restrepo a su designación como Alcalde ad hoc del municipio de Sonsón, departamento de Antioquia;
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, la gobernación del departamento de Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el PQRSD-017132 de 1° de noviembre de 2018, avaló y remitió la hoja de vida del señor Juan José Castaño Vergara, funcionario vinculado a la gobernación de Antioquia, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de Sonsón (Antioquia);
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°;
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón (Antioquia);
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913 corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, Radicado 11001-03-06-000-2014-00049- 00 (2203);
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia presentada por el doctor Héctor Augusto Monsalve Restrepo, identificado con cédula de ciudadanía número 15503413, a su designación como alcalde ad hoc del municipio de Sonsón (Antioquia).
Artículo 2°. Designación. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de Sonsón, departamento de Antioquia, al doctor Juan José Castaño Vergara, identificado con la cédula de ciudadanía número 8060533, quien se desempeña en el cargo de Director Administrativo, Código 009, Grado 02, dentro de la planta Global de la Gobernación de Antioquia, para designar apoderado y asumir las gestiones relacionadas con la defensa del municipio de Sonsón (Antioquia), en el proceso de simple nulidad que cursa contra el Acuerdo Municipal número 13 de 31 de agosto de 2014.
Artículo 3°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 4°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc, al doctor Héctor Augusto Monsalve Restrepo, al Alcalde titular del municipio de Sonsón (Antioquia) y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.