DECRETO 122 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 122 DE 2019     

(febrero 4)    

D.O. 50.857, febrero 4 de  2019    

por el cual se  acepta una renuncia y se designa Gobernador ad hoc  para el departamento de Nariño.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante escrito de 5 de enero de 2016,  el doctor Camilo Ernesto Romero Galeano, Gobernador  de Nariño, manifestó impedimento para adelantar actuaciones administrativas,  suscribir contratos y/o convenios y, en general, para emitir decisiones  definitivas en los asuntos que bajo su mandato como gobernador del departamento  de Nariño, versen sobre la jurisdicción del municipio de Ipiales, Nariño, en  razón a su parentesco consanguíneo en primer grado con el alcalde del municipio  citado, doctor Jonás Ricardo Romero Sánchez;    

Que mediante auto de 20 de enero de 2016,  con Radicación RC número 0034 13/01/2016, el Procurador Regional de Nariño,  aceptó el impedimento presentado por el señor Camilo Ernesto Romero Galeano, al considerar que “de la documentación allegada al asunto que nos ocupa, se evidencia la  existencia de vínculo de parentesco de consanguinidad en primer grado entre el  peticionario doctor Camilo Ernesto Romero Galeano y  el señor Jonás Ricardo Romero Sánchez, al encontrarse una relación de padre e  hijo (…) por lo tanto, deviene en consecuencia, (…) la existencia de  conflicto de intereses”, encontrando configurada la causal de  impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, en  concordancia a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;    

Que mediante el Decreto  número 398 de 7 de marzo de 2016, se designó como gobernador ad hoc para  el departamento de Nariño, al doctor Édgar Roberto  Mora Gómez;    

Que mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo EXTMI17-28849 del 30 de junio de 2017, la  Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, remitió renuncia  presentada por el doctor Édgar Roberto Mora Gómez a  su designación como Gobernador ad hoc;    

Que mediante el Decreto  número 1741 de 25 de octubre de 2017, se aceptó la renuncia presentada por  el doctor Édgar Roberto Mora Gómez a su designación  como Gobernador ad hoc  del departamento de Nariño y se designó en tal calidad al doctor Nemesio  Roys Garzón, en su condición de Director General del  Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS);    

Que mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo EXTMI18-24354 del 15 de junio de 2018, la  Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, remitió la renuncia  presentada por el doctor Nemesio Raúl Roys Garzón a  su designación como Gobernador ad hoc;    

Que mediante el Decreto  número 1032 de 20 de junio de 2018, se aceptó la renuncia presentada por el  doctor Nemesio Roys Garzón a su designación como Gobernador  ad hoc del  departamento de Nariño y se designó en tal calidad al doctor, Horacio Guerrero  García en su condición de Director de Asuntos Indígenas, Rom  y Minorías de Ministerio del Interior;    

Que mediante comunicaciones radicadas en el  Ministerio del Interior bajo EXTMI18-28743 y EXTMI18-28843 de 17 de julio de  2018, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, remitió la  renuncia presentada por el doctor Horacio Guerrero García a su designación como  Gobernador ad hoc  para el departamento de Nariño;    

Que mediante el Decreto  número 1478 de 6 de agosto de 2018, se aceptó la renuncia presentada por el  doctor Horacio Guerrero García, a su designación como Gobernador ad hoc del  departamento de Nariño y se designó en tal calidad al doctor, César Armando Fandiño Pineda en su condición de Director de Asuntos  Indígenas, Rom y Minorías (e);    

Que mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo los PQRSD-017564 de 9 de noviembre de 2018, la  Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, remitió renuncia  presentada por el doctor César Armando Fandiño Pineda  a su designación como Gobernador ad hoc;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  Gobernador ad hoc  para el departamento de Nariño;    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  Radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203);    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia presentada por el  doctor César Armando Fandiño Pineda, a su designación  como Gobernador ad hoc  del departamento de Nariño.    

Artículo 2°. Designación. Designar como Gobernadora ad hoc del departamento de Nariño, a  la doctora Sandra Jeannette Faura Vargas,  identificada con cédula de ciudadanía número 51768343, quien se desempeña en el  cargo de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la planta global del Ministerio  del Interior, Código 1045, Grado 16, para suscribir contratos y/o convenios y,  para emitir actos administrativos de carácter particular y concreto en los que  deba intervenir conjuntamente con el alcalde municipal de Ipiales (Nariño), en  ejercicio de sus funciones públicas como gobernador del departamento y que  repercutan directamente sobre la jurisdicción de dicho municipio, durante el  periodo de su mandato, comprendido entre el 1° de enero de 2016 hasta el 31 de  diciembre de 2019.    

Artículo 3°. Posesión. La Gobernadora ad  hoc designada en este acto deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 92 del Decreto ley 1222  de 1986.    

Artículo 4°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al doctor César  Armando Fandiño Pineda, a la Gobernadora ad hoc designada,  al Gobernador titular del departamento de Nariño y a la Procuraduría Regional  de Nariño.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de febrero de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia  Gutiérrez Castañeda.    

               

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