DECRETO 121 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 121 DE 2019     

(febrero 4)    

D.O. 50.857, febrero 4 de  2019    

por el cual se  acepta una renuncia y se designa Gobernadora ad hoc  para el departamento de Antioquia.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación radicada en la  Procuraduría Regional de Antioquia el 16 de enero de 2017, bajo Radicado número  E 2017030006020, el doctor Luis Pérez Gutiérrez,  Gobernador del departamento de Antioquia, manifestó impedimento para analizar,  supervisar y tomar decisiones concernientes al proyecto de iniciativa privada  (APP), con el propósito de construir una vía de doble calzada de conexión de  los sectores Las Palmas y El Tablazo en la jurisdicción de los municipios de  Envigado, El Retiro y Rionegro, comoquiera que en la  elaboración primaria de diseños, es probable que la obra cruce terrenos de  propiedad del mandatario y su familia;    

Que mediante auto de 31 de enero de 2017,  con número de Radicado número 2017- 19705, el Procurador Regional de Antioquia  aceptó el impedimento manifestado por el doctor Luis  Pérez Gutiérrez, al considerar que “si  bien el funcionario no aporta ningún documento que acredite los supuestos  tácticos del impedimento que aduce, ni se refiere directamente a la causal de  impedimento en la que puede estar incurso, aplicando el principio de buena fe  previsto en el artículo 83 de la carta Superior, considera esta Procuraduría  que sí debe separarse  del conocimiento del asunto, toda vez que el proyecto que se pretende realizar  puede beneficiar al funcionario y su familia”, encontrando configurada la causal  de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;    

Que mediante Decreto  número 1046 de 14 de junio de 2017, se designó como Gobernador ad hoc para  el departamento de Antioquia, al doctor Byron Adolfo  Valdivieso Valdivieso;    

Que mediante EXTMI18-35271 de 30 de agosto  de 2018, la Secretaría Jurídica de Presidencia de la República, remitió  renuncia presentada por el doctor Byron Adolfo  Valdivieso Valdivieso a su designación como  Gobernador ad hoc  para el departamento de Antioquia, en los términos del Decreto número  1046 de 2017;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  un gobernador ad hoc  para el departamento de Antioquia;    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del Radicado número 11001-03- 06-000-2014-00049-00 (2203);    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia del doctor Byron Adolfo Valdivieso Valdivieso,  identificado con cédula de ciudadanía número 80040996, a su designación como  gobernador ad hoc  del departamento de Antioquia.    

Artículo 2°. Designación. Designar como Gobernadora ad hoc del departamento de Antioquia,  a la doctora Sandra Jeannette Faura Vargas,  identificada con cédula de ciudadanía número 51768343, quien se desempeña en el  cargo de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la planta global del Ministerio  del Interior, Código 1045, Grado 16, para conocer y resolver todo lo  relacionado con el proyecto vial – doble calzada de conexión de los sectores  Las Palmas y El Tablazo, en jurisdicción de los municipios de Envigado, El  Retiro y Rionegro.    

Artículo 3°. Posesión. La Gobernadora ad  hoc designada mediante este acto deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 92 de la Ley 1222 de 1986.    

Artículo 4°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior el contenido del presente decreto al doctor Byron Adolfo Valdivieso Valdivieso,  a la Gobernadora ad hoc designada, al Gobernador titular del departamento  de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de febrero de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez  Castañeda.    

               

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