DECRETO 1201 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 1201 DE 2018     

(julio 12)    

D.O. 50.652, julio 12 de  2018    

por el cual se  hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y  Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto número  1083 de 2015 y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley  número 274 de 2000,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto ley  número 274 de 2000, “por el cual  se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y  Consular”, establece que en virtud del principio de especialidad, podrán  designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no  pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia,  no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para  proveer dichos cargos.    

Que la Sección Quinta del Consejo de Estado,  en sentencia del 16 de octubre de 2014 (radicado 25000234100020140001301 C.P. Alberto Yepes Barreiro)  explicó que era posible designar en provisionalidad a personas que no  pertenecen a la carrera diplomática y consular, con base en el principio de  especialidad, para satisfacer necesidades de urgencia del servicio:    

“La Corte  Constitucional mediante sentencia C-292 de 2001  declaró ajustado a la norma superior el Decreto ley  número 274 de 2000, por considerar que se desarrolló con base en el principio  de especialidad y para satisfacer necesidades de urgencia en la prestación del  servicio, razones que evidencian que la vulneración de los principios invocados  por el demandante no son de recibo, pues como lo dijo la Corte Constitucional  en el fallo citado, el principio de especialidad se aviene a la necesidad de  surtir nombramientos dentro de dicha carrera con personal ajeno, cuando exista  la imposibilidad de hacerlo con personal escalafonado”.    

Que como consta en la Certificación GCDA  número 635 expedida por la Directora de Talento Humano del Ministerio de  Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de Carrera Diplomática y Consular  no existen funcionarios de la planta global de la Carrera Diplomática y  Consular que estén ubicados en cargos por debajo de la categoría de Ministro  Consejero, en aplicación del artículo 53 del Decreto número  274 de 2000 y/o de los artículos 37 literales a) y b) en concordancia con  el artículo 40 del mismo Decreto.    

Que de acuerdo con el principio de  especialidad, y con el fin de atender situaciones relacionadas con la necesidad  del servicio, y con el objetivo de garantizar el cumplimiento del servicio de  la política exterior, se designará en provisionalidad a la señora Carmenza Naranjo Trujillo, quien cumple con los requisitos  establecidos en el artículo 61 del Decreto ley  número 274 de 2000, “por el cual  se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y  Consular”.    

Que Carmenza  Naranjo Trujillo había sido nombrada en provisionalidad para ocupar el  cargo Ministro Consejero, Código 1014, Grado 13, en el Consulado de  Colombia en Bilbao, España, mediante Decreto  684 del 26 de abril de 2017 y dicho acto administrativo fue declarado nulo  en Sentencia del 29 de enero de 2018, al cual se le dio cumplimiento mediante Decreto  número 724 del 26 de abril de 2018.    

Que la Sección Primera Subsección  B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca  (radicado 25000234100020170067100 M.P Claudia Lozzi) al resolver una demanda de nulidad electoral contra  un decreto de nombramiento provisional en un cargo de carrera diplomática y  consular afirmó:    

“iv) La eventual declaratoria de nulidad del acto  administrativo demandado no tiene como como  consecuencia ordenar al Ministerio de Relaciones exteriores volver a efectuar  el nombramiento del cargo que actualmente ocupa “…”. Ya será la entidad en el  marco de su competencia que decidirá respecto a la provisión del cargo,  fundamentándose no en los hechos que motivaron la expedición del Decreto (…)  sino en las circunstancias fácticas actuales respecto a la situación jurídica  de quienes componen la planta de personal en Carrera Diplomática y Consular, lo  que dará lugar a la expedición de un nuevo acto administrativo ajeno al que se  cuestiona en este proceso”.    

Que teniendo en cuenta que las  circunstancias fácticas actuales han cambiado, así como la situación jurídica  de quienes componen la planta de personal del Ministerio de Relaciones  Exteriores y que persisten las necesidades del servicio en el Consulado de  Colombia en Bilbao, España, es viable proceder con una designación en  provisionalidad.    

Que por lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación en provisionalidad a la doctora Carmenza Naranjo Trujillo, identificada con cédula de  ciudadanía número 39685250, en el cargo de Ministro Consejero, Código 1014,  Grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito  al Consulado de Colombia en Bilbao, España.    

Artículo 2°. La doctora Carmenza Naranjo Trujillo ejercerá las funciones de Cónsul  de Colombia en Bilbao, España, y se desempeñará como Jefe de la Oficina  Consular mencionada.    

Artículo 3°. Las erogaciones que  ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos  del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de julio de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

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