DECRETO 1174 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 1174 DE 2018     

(julio 11)    

D.O. 50.651, julio 11 de  2018    

por el cual se  hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio  Exterior.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que  le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo a la Convención de Viena  sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, el  Gobierno de Colombia puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules  Honorarios.    

Que de conformidad con el artículo  2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015,  las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos  colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses  del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul  Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la  comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de  idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le  asignen.    

Que como candidato a ocupar el Cargo de  Cónsul Honorario de Colombia en Georgia, la Embajada de Colombia en Turquía ha  propuesto, por medio del memorando ETRAKR.371/17 del 30 de mayo de 2017, al  señor Merab Lominadze,  ciudadano con nacionalidad georgiana, quien fue Director Financiero de la  empresa Georgian Water and Power Ltd.,  y actualmente se desempeña como Director Financiero de la empresa Georgian Manganese Ltd., demostrando su trayectoria en el área de negocios  además su experiencia en el desarrollo del comercio exterior, y quien ha  presentado la documentación necesaria para acreditar que cumple con los  requisitos establecidos por el Decreto 1067 de 2015.    

Que mediante el memorando I-GAUC-17-024991  del 10 de noviembre de 2017, el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares  solicitó a la Dirección de Europa su concepto favorable para el nombramiento  del señor Merab Lominadze y  que posteriormente esa Dirección acogió positivamente la postulación, por medio  del memorando I-GECOE-17- 026246 del 28 de noviembre de 2017, así mismo, con  nota N. 01/22500 del 25 de mayo de 2018, el Ministerio de Asuntos Exteriores y  de Cooperación de Georgia, confirma el beneplácito al nombramiento.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario  de Colombia en Tiflis con circunscripción en Georgia.    

Artículo 2°. Desígnase  al señor Merab Lominadze  como Cónsul Honorario de Colombia en Tiflis con circunscripción en Georgia.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de julio de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín  Cuéllar.    

               

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