DECRETO 117 DE 2018
(enero 19)
D.O. 50.481, enero 19 de 2018
por el cual designa alcalde encargado del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha.
Nota 1: El Decreto 605 de 2018, cesó los efectos de este decreto.
Nota 2: Aclarado por el Decreto 139 de 2018.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 2° y 10 de la Ley 768 de 2002, 32 de la Ley 1617 de 2013, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Fabio David Velázquez Rivadeneira, identificado con cédula de ciudadanía número 84079281, fue elegido en las elecciones de 25 de octubre de 2015 como alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira, para el período 2016-2019, inscrito por el Partido Cambio Radical, según consta en el Formulario E-6 AL.
Que mediante oficio 0229 del 16 de marzo de 2017, radicado en el Ministerio del Interior el día 17 del mismo mes y año bajo el número EXTMI17-11760, el Juez ochenta y uno (81) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D. C., señor Freddy Murillo Orrego, informó:
“Durante el desarrollo de las audiencias preliminares en comento, este Despacho A PETICIÓN DE LA Fiscalía 48 Especializada de la Dirección Nacional Especializada Contra la Corrupción, resolvió imponer en contra del ciudadano Fabio David Velasquez Rivadeneira, identificado con la cedula (sic) de ciudadanía número 84079281 de Riohacha, una medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento de reclusión, de las determinadas en el artículo 307 literal A numeral primero, sin que ninguno de los sujetos procesales interpusieran recurso alguno en contra de la decisión librada por este Despacho Judicial, quedando por tanto ejecutoriada y en firme la decisión en comento, en la misma fecha primero (1°) de febrero de 2017, ordenándose al Inpec remitir al imputado a la Cárcel Picota de esta ciudad”.
Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto número 652 del 19 de abril de 2017, suspendió provisionalmente al señor Fabio David Velásquez Rivadeneira, y designó como alcaldesa encargada del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha a la señora Isseth Tatiana Barros Brito, identificada con la cédula de ciudadanía número 40929570 expedida en Riohacha, para evitar vacíos de poder mientras se designaba alcalde por el procedimiento de terna.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la administración pública está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones; y asimismo, resulta oportuno precisar que la prestación de servicios a cargo del municipio debe ser continua y permanente.
Que mediante la Ley 1766 de 2015 se erigió a Riohacha a la categoría de Distrito Especial, Turístico y Cultural, cuyo artículo 2° dispuso que “se regirá por la Ley 1617 de 2013, ‘por la cual se expide el régimen para los distritos especiales’, y demás normas concordantes”.
Que el artículo 2° de la Ley 1617 de 2013, señala que “[e]n todo caso las disposiciones de carácter especial prevalecerán sobre las de carácter general que integran el régimen ordinario de los municipios y/o de los otros entes territoriales; pero en aquellos eventos no regulados por las normas especiales, o que no se hubieren remitido expresamente a las disposiciones aplicables a alguno de los otros tipos de entidades territoriales, previstas en la Constitución Política, la ley, ni a las que está sujeto el Distrito Capital de Bogotá, estos se sujetarán a las disposiciones previstas para los municipios”.
Que el artículo 10 de la Ley 1617 de 2013, dispone que “[e]l Presidente de la República será la autoridad competente para suspender o destituir al alcalde distrital, designar al Alcalde encargado en casos de falta temporal o absoluta y convocar a elecciones para elegir el nuevo alcalde mayor, cuando ello sea procedente”.
Que el artículo 32 de la Ley 1617 de 2013 señala que el Presidente de la República será la autoridad competente para hacer efectiva la suspensión o destitución, designar su reemplazo y designar al alcalde encargado en casos de vacancia temporal. Asimismo, establece que cuando corresponda al Presidente de la República designar el reemplazo del alcalde, deberá escoger a un ciudadano que pertenezca al mismo partido o movimiento político del titular, según el procedimiento que establezca la ley.
Que el Partido Cambio Radical, mediante comunicación de 25 de julio de 2017, presentó la terna conformada por un grupo de ciudadanos pertenecientes al mencionado partido, acompañada de los respectivos soportes documentales de cada uno de los ternados.
Que en tanto permanezca la suspensión del señor Fabio David Velázquez Rivadeneira, quien fue elegido Alcalde para el Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha para el Período Constitucional 2016-2019, se hace necesario encargar de las funciones de la alcaldía distrital de Riohacha, a uno de los ternados por el Partido Cambio Radical.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde encargado del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha al señor Miguel Enrique Pugliese Chassaigne, identificado con cédula de ciudadanía número 79781529 expedida en Bogotá, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente decreto, mientras dure la suspensión del alcalde electo.
Artículo 2°. Aclarado por el Decreto 139 de 2018, artículo 1º. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al señor Miguel Enrique Pugliese Chassaigne, alcalde designado mediante este decreto; a la doctora Isseth Tatiana Barros Brito, alcaldesa encargada; al Consejo Nacional Electoral; a la Registraduría Nacional del Estado Civil; al Juzgado Ochenta y Uno (81) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D. C., a la Alcaldía del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha; y al señor Fabio David Velázquez Rivadeneira.
Texto inicial del artículo 2º: “Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al señor Manuel Enrique Pugliese Chassaigne, alcalde designado mediante este decreto; a la doctora Isseth Tatiana Barros Brito, alcaldesa encargada; al Consejo Nacional Electoral; a la Registraduría Nacional del Estado Civil; al Juzgado Ochenta y Uno (81) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D. C.; a la Alcaldía del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha; y al señor Fabio David Velázquez Rivadeneira.”.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y cesa los efectos del artículo 2° del Decreto número 652 del 19 de abril de 2017, por el cual se encargó a la doctora Isseth Tatiana Barros Brito como alcaldesa del distrito de Riohacha.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Guillermo Rivera Flórez.