DECRETO 1128 DE 2018
(julio 3)
D.O. 50.643, julio 3 de 2018
por el cual se efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.
Nota: Ver Decreto 1107 de 2023.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política, 2° y 3° de la Ley 588 de 2000, y 5° del Decreto ley 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante concurso.
Que el artículo 169 del Decreto ley número 960 de 1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección de candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por Notarios pertenecientes a la carrera.
Que mediante Acuerdo número 001 de 9 de abril de 2015, modificado por los Acuerdos números 003 de 28 de abril de 2015, 005 de 15 de septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio de 2016 y 029 de 22 de agosto de 2016, todos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, se “…convoca, se fijan las bases y el cronograma del concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.
Que en los artículos 2.2.6.5.1 a 2.2.6.5.13 del Decreto número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, se compiló el Decreto número 3454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que regula el ejercicio de la actividad notarial, el cual dispone en su artículo 2.2.6.5.11 que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan obtenido más de sesenta (60) puntos en el proceso, condición que se contempló en el artículo 28 del Acuerdo número 001 de 2015, así: “El puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente superadas. La lista de elegibles estará integrada en estricto orden descendente por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o más, de la máxima calificación posible”.
Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial profirió el Acuerdo número 026, “por el cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, y se ordena su publicación”, la cual se llevó a cabo el día 3 de julio de 2016 en el diario de amplia circulación nacional “El Nuevo Siglo”.
Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante el Acuerdo número 027 del 29 de junio de 2016, estableció el procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, prescribiendo en su artículo 1° que, “El Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo represente, informará a cada uno de los aspirantes en estricto orden descendente de puntaje, para cada notaría y por categoría inscrita, sobre las vacantes a la fecha de la comunicación. De esta manera se requerirá a cada aspirante con el fin de que manifieste su intención o voluntad de nombramiento en alguna de las Notarías vacantes de acuerdo con su inscripción”.
Que el señor William Augusto Torres Calderón, identificado con cédula de ciudadanía 79316097 de Bogotá, obtuvo setenta y tres punto ochocientos setenta y tres (73.873) puntos, en el concurso adelantado para Notarías de primera categoría, ocupando el puesto número ciento setenta y cinco (175) de la lista, dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la certificación de 21 de junio de 2018, suscrita por la Secretaría Técnica del Consejo Superior.
Que mediante Acuerdo número 033 de 2016 se adicionó el Acuerdo número 027 del mismo año “por el cual se establece el mecanismo para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, y se ordena su publicación” y en su artículo 6° estableció que:
“Artículo 6°. Audiencia pública de postulación y selección de notarías vacantes. Se establece la celebración de Audiencia Pública como mecanismo especial de postulación y selección de notarías vacantes a la fecha de su celebración, la cual tendrá lugar por una sola vez, de acuerdo con la lista de elegibles aprobada en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, convocado mediante Acuerdo número 001 de 9 de abril de 2015”.
Que de conformidad con el referido artículo, se fijó como fecha para la celebración de la audiencia pública de postulación y selección de Notarías vacantes el 17 de agosto de 2017, la cual se llevó a cabo en las instalaciones del Hotel Tequendama de Bogotá, en donde los concursantes podían asistir de manera presencial o mediante videoconferencia en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país habilitadas para tal efecto.
Que el 9 de agosto de 2017, mediante Oficio 2017-285 se convocó al señor William Augusto Torres Calderón a la referida Audiencia Pública, quien participó de manera presencial en las instalaciones del Hotel Tequendama en la ciudad de Bogotá.
Que, a su vez, el artículo 9° del Acuerdo número 033 de 2016 dispone que “…La Secretaría Técnica del Consejo Superior, a través de acto y comunicación pública y de viva voz, dará lectura de la certificación de las notarías vacantes a la fecha de celebración de la Audiencia Pública, por categoría. Posteriormente, la Secretaría Técnica del Consejo Superior realizará llamado de postulación hasta por tres veces de ser necesario, a cada uno de los aspirantes en estricto orden descendente de puntaje, para lo cual se tendrá en cuenta a los aspirantes convocados que a la fecha de celebración de la Audiencia no han recibido la postulación, de conformidad con el mecanismo establecido en los artículos 1° a 3° del presente Acuerdo”.
“Acto seguido, se requerirá al aspirante con el fin de que manifieste en Audiencia, su intención o voluntad de nombramiento en alguna de las notarías vacantes, de acuerdo a su inscripción”.
Que en tal sentido, el señor William Augusto Torres Calderón manifestó en audiencia pública su intención de ser nombrado en la Notaría Única del Círculo Notarial de Aipe – Huila, tal como consta en la certificación de 21 de junio de 2018, suscrita por la Secretaría Técnica del Consejo Superior.
Que dando cumplimiento al Acuerdo número 027 de 2016 y en atención al puntaje obtenido en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, posterior a la audiencia pública mediante los Oficios números 2017-541 del 20 de septiembre de 2017, 2017-570 del 3 de noviembre de 2017, 2018-003 y 2018-004 del 11 de enero de 2018, 2018-031 del 24 de enero de 2018, 2018-148 del 12 de marzo de 2018, 2018-205 del 22 de mayo de 2018 y 2018-214 del 19 de junio de 2018, la Secretaría Técnica del Consejo Superior informó al señor William Augusto Torres Calderón las Notarías vacantes a la fecha de las comunicaciones y manifestación de intención de nombramiento, teniendo en cuenta cada notaría y categoría inscrita. De acuerdo a la certificación de la fecha, expedida por la Secretaría Técnica del Consejo Superior, “(…) a la fecha de esta certificación al señor William Augusto Torres Calderón se le han postulado todas las notarías vacantes”.
Que, a su vez, el artículo 2° del Acuerdo número 027 de 2016 prescribe que, “una vez notificada la postulación sobre las Notarías vacantes, según lo inscrito y el puesto ocupado en cada caso, el aspirante contará con un término de cinco (5) días hábiles para manifestar su intención o voluntad de nombramiento, en alguna de las notarías vacantes correspondientes estrictamente con las que haya inscrito. Vencido el anterior término, se entenderá desierto el interés sobre las Notarías postuladas en la comunicación, y se continuará con el siguiente aspirante”.
Que mediante certificación de 21 de junio 2018, la Secretaría Técnica del Consejo Superior, informó que “con fundamento en la lista de elegibles conformada por el Acuerdo número 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de julio del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, el doctor William Augusto Torres Calderón, identificado con cédula de ciudadanía número 79316097 en su calidad de aspirante a ser designado en la Notaría Única del Círculo Notarial de Aipe – Huila, y que le fue postulada en Audiencia Pública del 17 de agosto de 2017, es quien debe ser nombrado en propiedad como Notario Único del Círculo de Aipe – Huila, conforme a la calificación obtenida de setenta y tres punto ochocientos setenta y tres (73.873) puntos, ocupando el puesto número ciento setenta y cinco (175) de la lista, dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto Para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo número 001 del 9 de abril de 2015”.
Que el nominador de los notarios de primera categoría es el Gobierno nacional.
Que de conformidad con el inciso 3° del artículo 28 del Acuerdo número 001 de 9 de abril de 2015, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 588 de 2000, la lista de elegibles tiene una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la fecha de su publicación en un diario de amplia circulación nacional.
Que el señor William Augusto Torres Calderón, identificado con cédula de ciudadanía número 79316097 de Bogotá, actualmente ejerce el cargo de Notario Único en Propiedad del Círculo Notarial de San Luis – Tolima, nombrado mediante el Decreto número 1315 de 15 de octubre de 2008 expedido por la Gobernación del Tolima.
Que el artículo 150 del Decreto ley número 960 de 1970 establece que “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo”.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Nombramiento en propiedad. Nómbrase en Propiedad al señor William Augusto Torres Calderón, identificado con la cédula de ciudadanía número 79316097 de Bogotá, como Notario Único del Círculo Notarial de Aipe – Huila.
Parágrafo: El señor William Augusto Torres Calderón no podrá separarse del desempeño de sus funciones en el cargo de Notario Único en Propiedad del Círculo Notarial de San Luis – Tolima, mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo.
Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá aportar y acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de julio de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.