DECRETO 1128 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO  1128 DE 2018     

(julio 3)    

D.O.  50.643, julio 3 de 2018    

por el cual se efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.    

Nota: Ver Decreto 1107 de 2023.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 131  de la Constitución Política, 2° y 3° de la Ley 588 de 2000, y 5°  del Decreto ley 2163  de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  artículo 131 de la Constitución Política dispone que el nombramiento de los  notarios en propiedad se hará mediante concurso.    

Que el  artículo 169 del Decreto ley  número 960 de 1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección  de candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por Notarios  pertenecientes a la carrera.    

Que  mediante Acuerdo número 001 de 9 de abril de 2015, modificado por los Acuerdos  números 003 de 28 de abril de 2015, 005 de 15 de septiembre de 2015, 025 de 27  de junio de 2016, 028 de 21 de julio de 2016 y 029 de 22 de agosto de 2016,  todos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, se “…convoca, se fijan las bases y el  cronograma del concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de  notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.    

Que en los  artículos 2.2.6.5.1 a 2.2.6.5.13 del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, se compiló el Decreto número  3454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que  regula el ejercicio de la actividad notarial, el cual dispone en su artículo  2.2.6.5.11 que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan  obtenido más de sesenta (60) puntos en el proceso, condición que se contempló  en el artículo 28 del Acuerdo número 001 de 2015, así: “El puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de  las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente  superadas. La lista de elegibles estará integrada en estricto orden descendente  por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o más, de la máxima calificación  posible”.    

Que el 29  de junio de 2016, una vez agotadas todas las etapas del Concurso, el Consejo  Superior de la Carrera Notarial profirió el Acuerdo número 026, “por el cual se aprueba la lista definitiva  de elegibles en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento  de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, y se ordena su  publicación”, la cual se llevó a cabo el día 3 de julio de 2016 en el  diario de amplia circulación nacional “El  Nuevo Siglo”.    

Que el  Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante el Acuerdo número 027 del 29  de junio de 2016, estableció el procedimiento para el agotamiento de la lista  de elegibles y selección de Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios  en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, prescribiendo en su artículo 1°  que, “El Consejo Superior de la  Carrera Notarial o quien debidamente lo represente, informará a cada uno de los  aspirantes en estricto orden descendente de puntaje, para cada notaría y por  categoría inscrita, sobre las vacantes a la fecha de la comunicación. De esta  manera se requerirá a cada aspirante con el fin de que manifieste su intención  o voluntad de nombramiento en alguna de las Notarías vacantes de acuerdo con su  inscripción”.    

Que el  señor William Augusto Torres Calderón, identificado con cédula de ciudadanía  79316097 de Bogotá, obtuvo setenta y tres punto ochocientos setenta y tres  (73.873) puntos, en el concurso adelantado para Notarías de primera categoría,  ocupando el puesto número ciento setenta y cinco (175) de la lista, dentro del  Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en  Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la certificación  de 21 de junio de 2018, suscrita por la Secretaría Técnica del Consejo  Superior.    

Que  mediante Acuerdo número 033 de 2016 se adicionó el Acuerdo número 027 del mismo  año “por el cual se establece el  mecanismo para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de Notarías  vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, y se ordena su publicación” y en su artículo 6° estableció  que:    

“Artículo 6°. Audiencia pública de postulación y selección de notarías  vacantes. Se establece  la celebración de Audiencia Pública como mecanismo especial de postulación y  selección de notarías vacantes a la fecha de su celebración, la cual tendrá  lugar por una sola vez, de acuerdo con la lista de elegibles aprobada en el  Concurso de Méritos Público y Abierto para el nombramiento de Notarios en Propiedad  e Ingreso a la Carrera Notarial, convocado mediante Acuerdo número 001 de 9 de  abril de 2015”.    

Que de  conformidad con el referido artículo, se fijó como fecha para la celebración de  la audiencia pública de postulación y selección de Notarías vacantes el 17 de  agosto de 2017, la cual se llevó a cabo en las instalaciones del Hotel  Tequendama de Bogotá, en donde los concursantes podían asistir de manera  presencial o mediante videoconferencia en las Oficinas de Registro de  Instrumentos Públicos del país habilitadas para tal efecto.    

Que el 9  de agosto de 2017, mediante Oficio 2017-285 se convocó al señor William Augusto  Torres Calderón a la referida Audiencia Pública, quien participó de manera  presencial en las instalaciones del Hotel Tequendama en la ciudad de Bogotá.    

Que, a su  vez, el artículo 9° del Acuerdo número 033 de 2016 dispone que “…La Secretaría Técnica del Consejo  Superior, a través de acto y comunicación pública y de viva voz, dará lectura  de la certificación de las notarías vacantes a la fecha de celebración de la  Audiencia Pública, por categoría. Posteriormente, la Secretaría Técnica del  Consejo Superior realizará llamado de postulación hasta por tres veces de ser  necesario, a cada uno de los aspirantes en estricto orden descendente de puntaje,  para lo cual se tendrá en cuenta a los aspirantes convocados que a la fecha de  celebración de la Audiencia no han recibido la postulación, de conformidad con  el mecanismo establecido en los artículos 1° a 3° del presente  Acuerdo”.    

“Acto seguido, se requerirá al aspirante con el fin de que manifieste  en Audiencia, su intención o voluntad de nombramiento en alguna de las notarías  vacantes, de acuerdo a su inscripción”.    

Que en tal  sentido, el señor William Augusto Torres Calderón manifestó en audiencia  pública su intención de ser nombrado en la Notaría Única del Círculo Notarial  de Aipe – Huila, tal como consta en la certificación de 21 de junio de 2018,  suscrita por la Secretaría Técnica del Consejo Superior.    

Que dando  cumplimiento al Acuerdo número 027 de 2016 y en atención al puntaje obtenido en  el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en  Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, posterior a la audiencia pública  mediante los Oficios números 2017-541 del 20 de septiembre de 2017, 2017-570  del 3 de noviembre de 2017, 2018-003 y 2018-004 del 11 de enero de 2018,  2018-031 del 24 de enero de 2018, 2018-148 del 12 de marzo de 2018, 2018-205  del 22 de mayo de 2018 y 2018-214 del 19 de junio de 2018, la Secretaría Técnica  del Consejo Superior informó al señor William Augusto Torres Calderón las  Notarías vacantes a la fecha de las comunicaciones y manifestación de intención  de nombramiento, teniendo en cuenta cada notaría y categoría inscrita. De  acuerdo a la certificación de la fecha, expedida por la Secretaría Técnica del  Consejo Superior, “(…) a la fecha de  esta certificación al señor William Augusto Torres Calderón se le han postulado  todas las notarías vacantes”.    

Que, a su  vez, el artículo 2° del Acuerdo número 027 de 2016 prescribe que, “una vez notificada la postulación sobre las  Notarías vacantes, según lo inscrito y el puesto ocupado en cada caso, el  aspirante contará con un término de cinco (5) días hábiles para manifestar su  intención o voluntad de nombramiento, en alguna de las notarías vacantes  correspondientes estrictamente con las que haya inscrito. Vencido el anterior  término, se entenderá desierto el interés sobre las Notarías postuladas en la  comunicación, y se continuará con el siguiente aspirante”.    

Que  mediante certificación de 21 de junio 2018, la Secretaría Técnica del Consejo  Superior, informó que “con fundamento  en la lista de elegibles conformada por el Acuerdo número 026 del 29 de junio  de 2016, publicado el 3 de julio del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, el  doctor William Augusto Torres Calderón, identificado con cédula de ciudadanía  número 79316097 en su calidad de aspirante a ser designado en la Notaría Única  del Círculo Notarial de Aipe – Huila, y que le fue postulada en Audiencia Pública  del 17 de agosto de 2017, es quien debe ser nombrado en propiedad como Notario  Único del Círculo de Aipe – Huila, conforme a la calificación obtenida de  setenta y tres punto ochocientos setenta y tres (73.873) puntos, ocupando el  puesto número ciento setenta y cinco (175) de la lista, dentro del Concurso de  Méritos Público y Abierto Para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e  Ingreso a la Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo número  001 del 9 de abril de 2015”.    

Que el  nominador de los notarios de primera categoría es el Gobierno nacional.    

Que de  conformidad con el inciso 3° del artículo 28 del Acuerdo número 001 de 9 de  abril de 2015, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 588 de 2000, la  lista de elegibles tiene una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la  fecha de su publicación en un diario de amplia circulación nacional.    

Que el  señor William Augusto Torres Calderón, identificado con cédula de ciudadanía  número 79316097 de Bogotá, actualmente ejerce el cargo de Notario Único en  Propiedad del Círculo Notarial de San Luis – Tolima, nombrado mediante el Decreto  número 1315 de 15 de octubre de 2008 expedido por la Gobernación del  Tolima.    

Que el  artículo 150 del Decreto ley  número 960 de 1970 establece que “El  Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya  hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo”.    

En mérito  de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo  1°. Nombramiento en propiedad. Nómbrase en Propiedad al señor William Augusto Torres  Calderón, identificado con la cédula de ciudadanía número 79316097 de Bogotá,  como Notario Único del Círculo Notarial de Aipe – Huila.    

Parágrafo:  El señor William Augusto Torres Calderón no podrá separarse del desempeño de  sus funciones en el cargo de Notario Único en Propiedad del Círculo Notarial de  San Luis – Tolima, mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo.    

Artículo  2°. Acreditación de documentos para  tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado  deberá aportar y acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la  documentación de ley.    

Artículo  3°. Vigencia. El presente  Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 3 de julio de 2018.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro de Justicia y del Derecho,    

Enrique Gil Botero.    

               

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