DECRETO 1121 DE 2019
(junio 26)
D.O. 50.996, junio 26 de 2019
por el cual se confiere la condecoración “Orden de Boyacá” a unos señores Oficiales Generales de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto 2396 de 1954, modificado por el Decreto 3273 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que la “Orden de Boyacá” fue creada por el Libertador para premiar los esfuerzos y sacrificios de los próceres y restablecida con ocasión del primer centenario de la batalla que selló la Independencia de Colombia, es galardón valiosísimo que se otorga a los oficiales seleccionados por sus servicios a la Patria;
Que el Decreto 2396 de 1954 modificado por el Decreto 3273 de 1980, dispone que la Orden de Boyacá podrá concederse, en el grado “Gran Oficial”, entre otros, a los Brigadieres Generales;
Que los señores Oficiales Generales de la Policía Nacional que se relacionan en el presente decreto, se han distinguido por méritos y abnegados servicios prestados a la Patria;
Que corresponde al Gobierno nacional premiar a quienes con desprendimiento de sus intereses, se consagran al servicio de la nación.
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase la condecoración “Orden de Boyacá”, en el Grado “Gran Oficial”, a los señores Oficiales Generales de la Policía Nacional que se relacionan a continuación, así:
1.
BG. CÁCERES MARTÍNEZ YOLANDA
60252523
2.
BG. BUITRAGO ARIAS JUAN CARLOS
75032440
3.
BG. VÁSQUEZ PRADA MANUEL ANTONIO
5909468
4.
BG. TIBADUIZA NIÑO FREDY ALBERTO
7224552
5.
BG. SANABRIA CELY HENRY ARMANDO
79612268
6.
BG. CAMACHO JIMÉNEZ ELIÉCER
11435109
7.
BG. KURE PARRA JULIETTE GIOMAR
39566177
8.
BG. BARRERA PEÑA JESÚS ALEJANDRO
79544768
9.
BG. MUJICA JAIME NORBERTO
72175679
10.
BG. RIVEROS ARÉVALO RAMIRO ALBERTO
79485891
11.
BG. ALARCÓN CAMPOS RICARDO AUGUSTO
79347684
12.
BG. SUÁREZ HERNÁNDEZ SILVERIO ERNESTO
19429038
Artículo 2°. La condecoración conferida en el presente decreto, será impuesta en acto especial, conforme lo dispone el Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de junio de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Holmes Trujillo García.
El Ministro de Defensa Nacional,
Guillermo Botero Nieto.