DECRETO 1016 DE 2018
(junio 14)
D.O. 50.624, junio 14 de 2018
por el cual se concede una prórroga para la posesión de un Notario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los artículos 5° del Decreto número 2163 de 1970 y 2.2.6.1.5.3.4. del Decreto número 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional mediante Decreto número 649 de 12 de abril de 2018 nombró al señor Héctor Julio Cruz Casallas, identificado con cédula de ciudadanía número 79284564 de Bogotá, como Notario Séptimo (7) en Propiedad del Círculo Notarial de Ibagué – Tolíma.
Que mediante correo electrónico de 13 de abril de 2018, el señor Héctor Julio Cruz Casallas aceptó el nombramiento en propiedad Notario Séptimo (7) del Círculo Notarial de Ibagué – Tolima.
Que la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante Resolución número 5354 de 24 de mayo de 2018, en virtud del artículo 61 del Decreto número 2148 de 1983 compilado en el artículo 2.2.6.1.5.3.1 del Decreto número 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, confirmó el nombramiento del señor Héctor Julio Cruz Casallas, como Notario Séptimo (7) en Propiedad del Círculo Notarial de Ibagué – Tolima.
Que la Dirección de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante correo electrónico del 25 de mayo de 2018 comunicó al señor Héctor Julio Cruz Casallas, la Resolución número 5354 de 24 de mayo de 2018, por medio de la cual se confirmó el nombramiento en propiedad como Notario Séptimo (7) en Propiedad del Círculo Notarial de Ibagué – Tolima.
Que a través de correo electrónico de 12 de junio de 2018, el señor Héctor Julio Cruz Casallas solicitó prórroga de hasta 30 días para tomar posesión del cargo como Notario Séptimo (7) en Propiedad del Círculo Notarial de Ibagué – Tolima, debido a que “…durante el término legal he Intentado posesionarme, sin poderlo hacer, por razones ajenas a mi voluntad. Y, como los diez días para hacerlo, se vencen, el próximo martes, 12 de junio del año en curso,…” además, porque está en trámite el permiso del uso del suelo ante la Alcaldía de Ibagué para que la Superintendencia de Notariado y Registro le autorice el local donde funcionará la notaría, como también “comprar los muebles, y tecnología respectiva, es decir, todo el menaje para instalar la notaría,…”.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.4. del Decreto número 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece que: “El notario tomará posesión del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que reciba la confirmación del nombramiento si ya se inició el periodo legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prórroga hasta de 30 días concedida justificadamente por quien hizo la designación”.
Que la petición del señor Héctor Julio Cruz Casallas, se encuentra ajustada a las disposiciones señaladas anteriormente, razón por la cual es procedente conceder la prórroga solicitada.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prórroga. Prorrógase el término para tomar posesión del cargo de Notario Séptimo (7) en Propiedad del Círculo Notarial de Ibagué – Tolima, al señor Héctor Julio Cruz Casallas, identificado con cédula de ciudadanía número 79284564 de Bogotá, hasta el día veintiséis (26) de julio de 2018, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Artículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de junio de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.