DECRETO 861 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 861 DE 2017     

(mayo 23)    

D.O. 50.242, mayo 23 de  2017    

por el cual se designan los miembros del  Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz (FCP).    

Nota: Derogado por el  Decreto 1783 de 2018,  artículo 8º.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 7° del Decreto número  691 de 2017, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto ley 691 de  2017 se sustituye el Fondo para la Sostenibilidad  Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el Conflicto por  el “Fondo Colombia en Paz (FCP)”, como un patrimonio autónomo del Departamento  Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa  propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas;    

Que de conformidad con el artículo séptimo  del Decreto ley 691 de  2017, el Fondo Colombia en Paz está integrado por siete (7) miembros  nombrados por el Presidente de la República;    

Que, de acuerdo con lo señalado en dicho decreto  ley, le corresponde al Gobierno nacional definir la estructura del Fondo  Colombia en Paz;    

Por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designar a Rafael Pardo Rueda,  identificado con cédula de ciudadanía número 19239764 de Bogotá, Alto Consejero  Presidencial para el Posconflicto, Código 1180, como miembro del Consejo  Directivo del Fondo Colombia en Paz, quien lo presidirá.    

Artículo 2°. Designar a Mauricio Cárdenas  Santamaría, identificado con cédula de ciudadanía número 79154695 de Usaquén, Ministro de Hacienda y Crédito Público, como  miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.    

Artículo 3°. Designar a Hernando Alfonso Prada Gil, identificado con cédula de ciudadanía número  79328670 de Bogotá, Director del Departamento Administrativo de la Presidencia  de la República, Código 1190, como miembro del Consejo Directivo del Fondo  Colombia en Paz.    

Artículo 4°. Designar a Pablo Navas Sanz de  Santamaría, identificado con la cédula de ciudadanía número 19118840 de Bogotá,  como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Director del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República,    

Alfonso Prada  Gil.              

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