DECRETO 851 DE 2017
(mayo 23)
D.O. 50.242, mayo 23 de 2017
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará el día 24 de mayo de 2017, a la Ciudad de Quito (República de Ecuador), con el fin de asistir a la ceremonia de posesión Presidencial del señor Lenín Moreno;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículo 129.
2. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2.
3. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
4. Artículos 163, 165 y 166.
5. Artículos 200 y 201.
6. Artículos 213, 214 y 215.
7. Artículos 303, 304, 314 y 323.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN