DECRETO 686 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 686 DE 2017     

(abril 26)    

D.O. 50.216, abril 26 de 2017    

por el cual se  hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta  externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de  las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el literal b) del artículo 37, artículo 40, literales a) y b) del artículo 53 y  el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Frank Alberto Godoy Casadiego,  funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Ministro Consejero, se encuentra cumpliendo el lapso de  alternación en la planta interna desde el 5 de febrero de 2016.    

Que mediante Acta 796 del 7 de abril de  2017, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio  de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de  2000, por necesidades del servicio, recomendó la alternación anticipada a  la planta externa del Ministro Consejero Frank Alberto Godoy Casadiego.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase a la planta externa  al doctor Frank Alberto Godoy Casadiego, identificado con cédula de ciudadanía  número 79290555 al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, Código 1012,  Grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito  a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Federativa de  Brasil.    

Parágrafo. El doctor Frank Alberto Godoy  Casadiego, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Ministro Consejero.    

Artículo 2°. El doctor Frank Alberto Godoy  Casadiego, ejercerá como encargado de funciones consulares de Colombia en  Brasilia, Brasil.    

Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 26 de abril de 2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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