DECRETO 547 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 547 DE 2017     

(marzo 30)    

D.O. 50.191, marzo 30 de 2017    

por el cual se  modifica el Decreto 1432 de 2016  modificado por el Decreto 2188 de 2016.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto 1432 de 2016  se modificó la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social, estableciendo,  entre otros aspectos, la fecha de entrada en funcionamiento de la ADRES y la  consecuente fecha límite de funcionamiento de la Dirección de Administración de  Fondos de la Protección Social;    

Que mediante Decreto 2188 de 2016  se modificó el parágrafo transitorio del artículo 5° del Decreto 1432 de 2016,  en el sentido de ampliar hasta el 31 de marzo de 2017, la fecha hasta la cual  la citada Dirección ejercería sus funciones;    

Que se hace necesario modificar el artículo  5° del Decreto 1432 de 2016,  modificado por el Decreto 2188 de 2016,  con el fin de adecuarlo a la fecha de inicio de operaciones de la ADRES, así  como la disposición relativa a la fecha límite de funcionamiento de la  Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el parágrafo  transitorio del artículo 5° del Decreto 1432 de 2016,  modificado por el Decreto 2188 de 2016,  el cual quedará así:    

“Parágrafo  transitorio. La Dirección de Administración de Fondos de la Protección  Social del Ministerio de Salud y Protección Social continuará ejerciendo las  funciones señaladas en el Decreto 4107 de 2011  hasta el 31 de julio de 2017”.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5° del Decreto 1432 de 2016.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas  Santamaría.    

El Ministro de Salud y Protección Social,    

Alejandro Gaviria  Uribe.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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