DECRETO 490 DE 2017
(marzo 27)
D.O. 50.188, marzo 27 de 2017
por el cual se acepta la renuncia a un Notario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 131 de la Constitución Política, 144 numeral 1 del Decreto ley 960 de 1970, 5° del Decreto ley 2163 de 1970 y el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Pedro Nel Yaya Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 17310995 de Villavicencio, nombrado como notario único en interinidad del Círculo Notarial de Mitú-Vaupés, mediante el Decreto número 02432 del 30 de junio de 2009, a través de escrito de fecha 21 de febrero de 2017, presentó renuncia al cargo;
Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 144 del Decreto ley 960 de 1970, el cargo de notario se pierde por la aceptación de la renuncia;
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece como una falta absoluta la renuncia aceptada al notario;
Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de 1970 establece que “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo”;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Acéptase la renuncia presentada por el señor Pedro Nel Yaya Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 17310995 de Villavicencio, al cargo de Notario Único en Interinidad del Círculo Notarial de Mitú- Vaupés, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Parágrafo. El señor Pedro Nel Yaya Martínez, no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba reemplazarlo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de marzo de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.