DECRETO 480 DE 2017
(marzo 24)
D.O. 50.185, marzo 24 de 2017
por el cual se designa al Embajador de Colombia ante el Gobierno de Jamaica No Residente ante el Gobierno de Santa Lucía.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 514 de 30 de marzo de 2016, el doctor Roberto García Márquez, identificado con cédula de ciudadanía número 73072875, fue nombrado en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Jamaica.
Que el doctor Roberto García Márquez, tomó posesión de manera efectiva en la ciudad de Kingston, del cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado 25, el 1º de junio de 2016.
Que la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, aprobada por Ley 6ª de 1972 y en vigor para Colombia, establece en el artículo 5° que un Estado acreditante podrá después de haberlo notificado en debida forma a los Estados receptores interesados, acreditar a un jefe de misión ante dos o más Estados.
Que la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Jamaica es concurrente ante el Gobierno de Santa Lucía, y se encarga, por lo tanto, de atender las relaciones diplomáticas al no existir una Misión Diplomática de Colombia ante dicho Gobierno
Que el Gobierno de la República de Jamaica mediante Nota Verbal número P&S- 282 de 2016 del 25 de agosto de 2016, concedió beneplácito para la designación por parte del Gobierno de la República de Colombia, del doctor Roberto García Márquez como Embajador no residente ante dicho Gobierno.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Desígnase al doctor Roberto García Márquez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado 25, de la planta de personal del despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Jamaica, como Embajador de Colombia No Residente ante el Gobierno de Santa Lucía.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 24 de marzo de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.