DECRETO 396 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 396 DE 2017     

(marzo 9)    

D.O. 50.170, marzo 9 de 2017    

por el cual se  acepta una renuncia y se designa Gobernadora Ad-hoc para el departamento de  Córdoba.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en  particular las conferidas por los artículos 115 y 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Gustavo García Figueroa,  identificado con la cédula de ciudadanía número 12754837 de Pasto, quien se  desempeña en el cargo de Asesor del Despacho del Ministro del Interior, Grado  17, Código 1020, dentro de la planta global del Ministerio del Interior, fue  designado como Gobernador Ad-hoc del Departamento de Córdoba, mediante Decretos  número 830 y 1248 de 2016.    

Que con ocasión a la comunicación radicada  en el Ministerio del Interior con el número EXTMI17-8422 de fecha 28 de febrero  de 2017, en la que la Presidencia de la República remite la renuncia presentada  por el doctor Gustavo García Figueroa a su designación como Gobernador Ad-hoc  del Departamento de Córdoba, registrada con el EXT17-00018985 de fecha 23 de  febrero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos número 830 y 1248 de 2016.    

Que en virtud de lo anterior, es procedente  aceptar la renuncia presentada por el doctor Gustavo García Figueroa y se hace  necesario hacer una nueva designación para la Gobernación del Departamento de  Córdoba.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  un nuevo Gobernador Ah-hoc al departamento de Córdoba.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios Ad-hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001- 03-06-000-2014-00049-00(2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de Renuncia. Acéptese la renuncia presentada por el  doctor Gustavo García Figueroa, identificado con la cédula de ciudadanía número  12754837 de Pasto, quien se desempeña en el cargo de Asesor del Despacho del  Ministro del Interior, Grado 17 Código 1020, dentro de la planta global del  Ministerio del Interior, como Gobernador Ad-hoc del departamento de Córdoba.    

Artículo 2°. Designación de Gobernadora Ad- hoc del Departamento de Córdoba.  Desígnese como Gobernadora Ad-hoc del departamento de Córdoba, a la doctora  Salma Lorena Moya Castaño, identificada con cédula de ciudadanía número  34992541 de Montería, quien se desempeña como Profesional Universitario de la  Planta Global de empleo del Nivel Central de la Gobernación del Departamento de  Córdoba (Encargada), Grado 07, Código 219, para que adelante las actuaciones  administrativas que correspondan respecto del Convenio Especial de Cooperación  número 755 del 19 de diciembre de 2013, celebrado entre el departamento de Córdoba  con la Fundación Conservación y Desarrollo Forestal (CDF) y la Universidad del  Sinú, y para que adelante las actuaciones administrativas que correspondan  respecto de los Convenios de especial Cooperación números 750, 752, y 754 del  19 de diciembre de 2013, celebrados entre el departamento de Córdoba y la  Universidad del Sinú.    

Artículo 3°. Posesión. La Gobernadora Ad-hoc designada en este decreto deberá  tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 92 del Decreto ley 1222  de 1986.    

Artículo 4°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto a la  Gobernadora Ad-hoc del Departamento de Córdoba, al Gobernador del departamento  de Córdoba y, a la Procuraduría Regional de Córdoba.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando Cristo Bustos.              

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