DECRETO 364 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 364 DE 2017     

(marzo 3)    

D.O. 50.164, marzo 3 de 2017    

por el cual se  comisiona para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de  las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el literal b) del artículo 37 y 40 y el literal b) del artículo 53 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que la doctora Vanessa Ortiz López,  funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Tercer Secretario, se encuentra cumpliendo el lapso de  alternación en la planta interna desde el 17 de marzo de 2014;    

Que mediante Acta 793 del 1° de febrero de  2017, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio  de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de  2000, por necesidades del servicio, recomendó la alternación anticipada a  la planta externa de tercer Secretario Vanessa Ortiz López;    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase a la planta  externa a la doctora Vanessa Ortiz López, identificada con cédula de ciudadanía  número 1144031972, al cargo de Tercer Secretario de Relaciones Exteriores,  Código 2116, Grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores,  adscrito al Consulado General de Colombia en Barcelona, España.    

Parágrafo. La doctora Vanessa Ortiz López es  funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Tercer Secretario.    

Artículo 2°. La doctora Vanessa Ortiz López  ejercerá las funciones de Vicecónsul, en el Consulado General de Colombia en  Barcelona, España.    

Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de marzo de 2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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