DECRETO 323 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 323 DE 2017     

(febrero 28)    

D.O. 50.161, febrero 28 de 2017    

por el cual se  concede una prórroga para la posesión de un notario.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los  artículos 5° del Decreto número  2163 de 1970 y 2.2.6.1.5.3.4., del Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno nacional mediante Decreto  número 145 de 30 de enero de 2017 nombró a la señora Esther del Carmen  Sánchez Medina, identificada con cédula de ciudadanía número 30720.638 de  Pasto, como Notaria Diecinueve (19) en Propiedad del Círculo Notarial de Cali –  Valle del Cauca;    

Que mediante correo electrónico de 3 de  febrero de 2017, la señora Esther del Carmen Sánchez Medina, aceptó el  nombramiento en propiedad como Notaria Diecinueve (19) del Círculo Notarial de  Cali – Valle del Cauca;    

Que la Superintendencia de Notariado y  Registro, mediante Resolución número 1324 de 14 de febrero de 2017, en virtud  del artículo 61 del Decreto número  2148 de 1983 compilado en el artículo 2.2.6.1.5.3.1 del Decreto  número 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, confirmó el nombramiento de la señora Esther del Carmen  Sánchez Medina, como Notaria Diecinueve (19) en Propiedad del Círculo Notarial  de Cali – Valle del Cauca;    

Que la Dirección de Administración Notarial  de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante correo electrónico de  15 de febrero de 2017 comunicó a la señora Esther del Carmen Sánchez Medina, la  Resolución número 1324 de 14 de febrero de 2017 por medio de la cual se  confirmó el nombramiento en propiedad como Notaria Diecinueve (19) del Círculo  Notarial de Cali – Valle del Cauca;    

Que en escrito de 17 de febrero de 2017 y  mediante correo electrónico de la misma fecha, la señora Esther del Carmen  Sánchez Medina solicitó prórroga de hasta 30 días para tomar posesión del cargo  como Notaria Diecinueve (19) en Propiedad del Círculo Notarial de Cali – Valle  del Cauca, debido a que actualmente ostenta en carrera el cargo de Fiscal  Delegada ante Jueces Penales del Circuito Especializados y ejerce en comisión  el cargo de Procurador Judicial II Código 3 PJ. Grado EC, en la Procuraduría  144 Judicial II Penal, con sede en la ciudad de Pasto, requiriendo de tiempo  adicional a fin de agotar los trámites de las respectivas renuncias, aceptación  de las mismas, entrega de oficinas y bienes, obtener paz y salvos, entregar  procesos penales y de agencias especiales, además los inventarios en ambas  entidades;    

Que la Dirección de Administración Notarial  de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante correo electrónico del  21 de febrero de 2017 remitió al Ministerio de Justicia y del Derecho, los  documentos necesarios para la posesión de la señora Esther del Carmen Sánchez Medina,  como Notaria Diecinueve (19) en Propiedad del Círculo Notarial de Cali – Valle  del Cauca;    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.4. del Decreto  número 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, establece que: “El  notario tomará posesión del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a  aquel en que reciba la confirmación del nombramiento si ya se inició el periodo  legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prórroga  hasta de 30 días concedida justificadamente por quien hizo la designación”;    

Que la petición de la señora Esther del  Carmen Sánchez Medina, se encuentra ajustada a las disposiciones señaladas  anteriormente, razón por la cual es procedente conceder la prórroga solicitada;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Prórroga. Prorrógase el término para tomar posesión del cargo de  Notaria Diecinueve (19) en Propiedad del Círculo Notarial de Cali – Valle del  Cauca, a la señora Esther del Carmen Sánchez Medina, identificada con cédula de  ciudadanía número 30720638 de Pasto, hasta el día diecisiete (17) de abril de  2017, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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