DECRETO 291 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 291 DE 2017    

(febrero 22)    

D.O. 50.155, febrero 22 de 2017    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política,  2° y 3° de la Ley 588 de 2000 y 5°  del Decreto  ley número 2163 de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante  concurso.    

Que el artículo 169 del Decreto ley  número 960 de 1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección  de candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por Notarios  pertenecientes a la carrera.    

Que mediante Acuerdo número 001 de 9 de abril de 2015,  modificado por los Acuerdos número 003 de 28 de abril de 2015, 005 de 15 de  septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio de 2016 y  029 de 22 de agosto de 2016, del Consejo Superior de la Carrera Notarial, se “…convoca, se fijan las bases y el  cronograma del concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de  notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.    

Que en los artículos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13  del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, se compiló el Decreto número  3454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que  regula el ejercicio de la actividad notarial, y en su artículo 2.2.6.5.11  señala que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan obtenido  más de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior quedó establecido en el artículo  28 del Acuerdo número 001 de 2015, así: “El  puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de las  calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente  superadas. La lista de elegibles estará integrada en estricto orden descendente  por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o más, de la máxima calificación  posible”.    

Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas  todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial  profirió el Acuerdo número 026 “por el  cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos  Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial, y se ordena su publicación”, la cual se llevó a cabo  el día 3 de julio del año en curso en el diario de amplia circulación nacional  “El Nuevo Siglo”.    

Que el Consejo Superior de la Carrera  Notarial mediante el Acuerdo número 027 del 29 de junio de 2016 estableció el  procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de  Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial y en su artículo 1° indicó que “El Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo  represente, informará a cada uno de los aspirantes en estricto orden  descendente de puntaje, para cada notaría y por categoría inscrita, sobre las  vacantes a la fecha de la comunicación. De esta manera se requerirá a cada  aspirante con el fin de que manifieste su intención o voluntad de nombramiento en  alguna de las Notarías vacantes de acuerdo con su inscripción”.    

Que el señor Rodrigo Fernando Valencia  Restrepo, identificado con cédula de ciudadanía 98514109 de Itagüí, obtuvo para  notarías de primera categoría setenta y siete punto setecientos setenta y seis  (77.776) puntos, ocupando el puesto número cincuenta y tres (53) de la lista de  elegibles, dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto para el  Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como  consta en la certificación de 16 de febrero de 2017, suscrita por el secretario  técnico del Consejo Superior.    

Que dando cumplimiento al Acuerdo número 027  de 2016 y en atención al puntaje que obtuvo en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, mediante Oficios número 2016-182 de 24 de noviembre de 2016 y  2017-501 de 11 de enero de 2017, el secretario técnico del Consejo Superior  informó al señor Rodrigo Fernando Valencia Restrepo, por cada notaría y  categoría inscrita, las vacantes a la fecha de la primera comunicación y  manifestación de intención de nombramiento, entre las cuales se encontraba la  notaría única del Círculo Notarial de La Dorada – Caldas.    

Que a su vez el artículo 2° del Acuerdo número  027 de 2016 señala que “una vez  notificada la postulación sobre las Notarías vacantes según lo inscrito y el  puesto ocupado en cada caso, el aspirante contará con un término de cinco (5)  días hábiles para manifestar su intención o voluntad de nombramiento, en alguna  de las notarías vacantes correspondientes estrictamente con las que haya  inscrito. Vencido el anterior término, se entenderá desierto el interés sobre  las Notarías postuladas en la comunicación, y se continuará con el siguiente  aspirante”.    

Que en tal sentido, el señor Rodrigo  Fernando Valencia Restrepo, mediante correo electrónico de fecha 1° de  diciembre de 2016, manifestó su intención de ser nombrado en la notaría única  del Círculo Notarial de La Dorada – Caldas.    

Que mediante certificación del 16 de febrero  de 2017, el secretario técnico del Consejo Superior, informó que “con fundamento en la lista de elegibles  conformada por el Acuerdo número 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de  julio del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, el doctor Rodrigo Fernando Valencia Restrepo, identificado con cédula  de ciudadanía número 98514109 en su calidad de aspirante a ser designado en la  Notaría Única del Círculo Notarial de La Dorada – Caldas, y que le fue  postulada mediante Oficio número 2016-182 de fecha 24 de noviembre de 2016, es  quien debe ser nombrado en propiedad como Notario Único del Círculo de La  Dorada, conforme a la calificación obtenida de setenta y siete punto  setecientos setenta y seis (776) puntos, ocupando el puesto número cincuenta y  tres (53) de la lista, dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto Para el  Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, el cual  fue convocado mediante Acuerdo número 001 del 9 de abril de 2015”.    

Que la designación de notarios de primera  categoría es competencia del Gobierno Nacional.    

Que de conformidad con el inciso 3 del  artículo 28 del Acuerdo número 001 de 9 de abril de 2015, la lista de elegibles  tiene una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su  publicación en un diario de amplia circulación nacional, es decir que a la  fecha de expedición de este Decreto, la lista se encuentra vigente.    

Que el señor Rodrigo Fernando Valencia  Restrepo, identificado con cédula de ciudadanía número 98514109 de Itagüí,  actualmente ejerce el cargo de notario único en Propiedad del Círculo Notarial  de Guamal – Magdalena, nombrado mediante el Decreto  número 385 de 11 de julio de 2012 expedido por la Gobernación del  Departamento del Magdalena.    

Que el artículo 150 del Decreto ley  número 960 de 1970 establece que “El  Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya  hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento en propiedad. Nombrase en Propiedad al señor  Rodrigo Fernando Valencia Restrepo, identificado con la cédula de ciudadanía  número 98514109 de Itagüí, como notario único del Círculo Notarial de La Dorada  – Caldas.    

Parágrafo. El señor Rodrigo Fernando  Valencia Restrepo, no podrá separarse del desempeño de sus funciones en el  cargo de Notario Único del Círculo Notarial de Guamal – Magdalena, mientras no  se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para  tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá  acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de  ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de febrero de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo Londoño Ulloa.    

               

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