DECRETO 2202 DE 2017
(diciembre 26)
D.O. 50.458, diciembre 26 de 2017
por el cual se designa al Embajador de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica, como Embajador No Residente ante la Unión Europea.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 1946 del 28 de noviembre de 2017, el doctor Sergio Jaramillo Caro, identificado con cédula de ciudadanía 79401680, fue nombrado en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica;
Que el doctor Sergio Jaramillo Caro tomó posesión de manera efectiva en la ciudad de Bruselas, el 11 de diciembre de 2017;
Que la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, aprobada por Ley 6ª de 1972 y en vigor para Colombia, establece en el artículo 5° que un Estado acreditante podrá después de haberlo notificado en debida forma a los Estados receptores interesados, acreditar a un Jefe de Misión ante dos o más Estados;
Que la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica es concurrente ante la Unión Europea, y se encarga, por lo tanto, de atender las relaciones diplomáticas al no existir una Misión Diplomática de Colombia ante la Unión Europea;
Que la Unión Europea mediante Nota Verbal número SG.DSG3.SP/SF ARES (2017) 5757783 del 24 de noviembre de 2017, concedió el beneplácito de estilo para la designación por parte del Gobierno de Colombia, del doctor Sergio Jaramillo Caro como Embajador no residente ante la Unión Europea;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Desígnase al doctor Sergio Jaramillo Caro, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica, como Embajador de Colombia No Residente ante la Unión Europea.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.