DECRETO 2155 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 2155 DE 2017     

(diciembre 20)    

D.O. 50.453, diciembre 20  de 2047    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política, 2  y 3 de la Ley 588 de 2000, y 5  del Decreto ley 2163  de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante  concurso.    

Que el artículo 169 del Decreto ley 960 de  1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección de  candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por Notarios pertenecientes  a la carrera.    

Que mediante Acuerdo 001 de 9 de abril de  2015, modificado por los Acuerdos 003 de 28 de abril de 2015, 005 de 15 de  septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio de 2016 y  029 de 22 de agosto de 2016, todos expedidos por el Consejo Superior de la  Carrera Notarial, se “…convoca, se  fijan las bases y el cronograma del concurso de méritos público y abierto para el  nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.    

Que en los artículos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13  del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del derecho, se compiló el Decreto 3454 de 2006,  reglamentario de la Ley 588 de 2000 que  regula el ejercicio de la actividad notarial, el cual dispone en su artículo  2.2.6.5.11 que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan  obtenido más de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior quedó  establecido en el artículo 28 del Acuerdo 001 de 2015, así: “El puntaje final de los aspirantes será el  que resulte de la suma de las calificaciones obtenidas en las distintas fases  del concurso debidamente superadas. La lista de elegibles estará Integrada en  estricto orden descendente por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o  más, de la máxima calificación posible ”.    

Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas  todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial  profirió el Acuerdo 026 “por el cual  se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, y se ordena su publicación”, la cual se llevó a cabo el día 3  de julio del año en curso en el Diario de amplia circulación nacional “El Nuevo Siglo”.    

Que el Consejo Superior de la Carrera  Notarial, mediante el Acuerdo 027 del 29 de junio de 2016, estableció el  procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de  Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial, indicando en su artículo 1° que, “El Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo  represente, informará a cada uno de los aspirantes en estricto orden  descendente de puntaje, para cada notaría y por categoría inscrita, sobre las  vacantes a la fecha de la comunicación. De esta manera se requerirá a cada  aspirante con el fin de que manifieste su intención o voluntad de nombramiento  en alguna de las Notarías vacantes de acuer do con su  inscripción”.    

Que la señora Ruby  Astrid Duarte Robayo, identificada con cédula de  ciudadanía número 51854356 de Bogotá, obtuvo setenta y nueve punto setecientos  seis (79.706) puntos, en el Concurso adelantado para Notarías de primera  categoría, ocupando el puesto número veintiocho (28) de la lista, dentro del  Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en  Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la certificación  de 7 de diciembre de 2017, suscrita por el Secretario Técnico del Consejo  Superior (e).    

Que dando cumplimiento al Acuerdo 027 de  2016 y en atención al puntaje obtenido en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, mediante los oficios números 2016-091 del 23 de septiembre de 2016,  2016-106 del 4 de octubre de 2016, 2016-141 del 18 de octubre de 2016, 2017-092  del 3 de marzo de 2017, 2017-138 del 28 de marzo de 2017, 2017-259 del 11 de  julio de 2017, 2017-533 del 22 de agosto de 2017 y 2017-570 de 03 de noviembre  de 2017, el Secretario Técnico del Consejo Superior informó a la señora Ruby Astrid Duarte Robayo las  Notarías vacantes a la fecha de las comunicaciones y manifestación de intención  de nombramiento, teniendo en cuenta cada notaría y categoría inscrita,  encontrándose en la última comunicación la Notaría Sesenta y Seis (66) del  Círculo Notarial de Bogotá.    

Que, a su vez, el artículo 2° del Acuerdo  027 de 2016 prescribe que, “una vez  notificada la postulación sobre las Notarías vacantes según lo inscrito y el  puesto ocupado en cada caso, el aspirante contará con un término de cinco (5)  días hábiles para manifestar su intención o voluntad de nombramiento, en alguna  de las notarías vacantes correspondientes estrictamente con las que haya  inscrito. Vencido el anterior término, se entenderá desierto el interés sobre  las Notarías postuladas en la comunicación, y se continuará con el siguiente  aspirante ”.    

Que en tal sentido, la señora Ruby Astrid Duarte Robayo,  mediante correo electrónico de fecha 8 de noviembre de 2017, manifestó su  intención de ser nombrada en la Notaría Sesenta y Seis (66) del Círculo  Notarial de Bogotá.    

Que mediante certificación de 7 de diciembre  de 2017, el Secretario Técnico del Consejo Superior, informó que “con fundamento en la lista de elegibles  conformada por el Acuerdo 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de julio  del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, la doctora Ruby  Astrid Duarte Robayo identificada con cédula de  ciudadanía número 51854356 en su calidad de aspirante a ser designada en la  Notaría sesenta y seis del Círculo de Bogotá, y que le fue postulada mediante  oficio número 2017-570 de fecha 3 de noviembre de 2017, es quien debe ser  nombrada en propiedad como Notaria sesenta y seis del Círculo de Bogotá,  conforme a la calificación obtenida de setenta y nueve punto setecientos seis  (79.706) puntos, ocupando el puesto número veintiocho (28) de la lista, dentro  del Concurso de Méritos Público y Abierto Para el Nombramiento de Notarios en  Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante  Acuerdo 001 del 9 de abril de 2015 ”.    

Que la designación de notarios de primera  categoría es competencia del Gobierno nacional.    

Que de conformidad con el inciso 3° del  artículo 28 del Acuerdo 001 de 9 de abril de 2015, la lista de elegibles tiene  una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su publicación en  un diario de amplia circulación nacional, es decir que a la fecha de expedición  de este decreto, la lista se encuentra vigente.    

Que la señora Ruby  Astrid Duarte Robayo, identificada con cédula de  ciudadanía número 51854356 de Bogotá, actualmente ejerce el cargo de Notaria  Sexta (6) en Propiedad del Círculo Notarial de Barranquilla, Atlántico,  nombrada mediante el Decreto  número 1916 del 6 de septiembre de 2013, expedido por el Gobierno nacional.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “El Notario no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se h aya hecho cargo  de ellas quien deba remplazado”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento en propiedad. Nombrase en Propiedad a la señora Ruby Astrid Duarte Robayo,  identificada con la cédula de ciudadanía número 51854356 de Bogotá, como  Notaria Sesenta y Seis (66) del Círculo Notarial de Bogotá.    

Parágrafo. La señora Ruby  Astrid Duarte Robayo no podrá separarse del desempeño  de sus funciones en el cargo de Notaria Sexta (6) en Propiedad del Círculo  Notarial de Barranquilla, Atlántico, mientras no se haya hecho cargo de ellas  quien deba remplazaría.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para  tomar posesión del cargo, la designada deberá aportar y acreditar ante la  Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Enrique Gil  Botero.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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