DECRETO 211 DE 2017
(febrero 3)
D.O. 50.136, febrero 3 de 2017
por el cual se acepta un impedimento y se hace una designación.
Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 254 de 2017.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio del 24 de enero de 2017, la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República, doctora Cristina Pardo Schlesinger, presentó impedimento ante el Secretario General de la Presidencia de la República para participar en el trámite de convocatoria para la conformación de las ternas presidenciales al cargo de magistrado de la Corte Constitucional, por tener interés personal en integrar una de dichas ternas;
Que en virtud del numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, existe conflicto de intereses cuando el servidor público tenga “interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto”;
Que en el caso concreto, se configura el conflicto de intereses entre las funciones asignadas por el Decreto número 537 de 2015 al Secretario Jurídico de la Presidencia, y el interés formulado por la doctora Cristina Pardo Schlesinger;
Que se hace necesario designar un funcionario ad hoc para que atienda el trámite a que se refiere el citado Decreto número 537 de 2015;
En virtud de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Acéptase el impedimento presentado por la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República, doctora Cristina Pardo Schlesinger, para participar en el trámite de convocatoria para la conformación de las ternas presidenciales al cargo de magistrado de la Corte Constitucional, por tener interés personal en integrar una de ellas.
Artículo 2°. Derogado por el Decreto 254 de 2017, artículo 2º. Designar al doctor Juan Francisco Espinoza, asesor de la Secretaría General de la Presidencia de la República, para que intervenga como Secretario Jurídico ad hoc en el trámite de convocatoria para la conformación de las ternas presidenciales a cargo de magistrado de la Corte Constitucional, trámite regulado en el Decreto número 537 de 2015.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de febrero de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Luis Guillermo Vélez Cabrera.