DECRETO 2084 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 2084 DE 2017     

(diciembre 12)    

D.O. 50.445, diciembre  12 de 2017    

por el cual se  confiere la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” para el  año 2017.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913 y el  artículo 10 del Decreto número  1258 de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto  número 1258 del 27 de julio de 1970 creó la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito  Judicial”, para exaltar las virtudes y servicios de los funcionarios y  empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público, como estímulo a  la honestidad, consagración, perseverancia y superación de estos servidores del  Estado.    

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo  2° del mismo Decreto, la condecoración “José  Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” se otorga en las categorías oro,  plata y bronce.    

Que el artículo 155 de la Ley 270 de 1996  determina que “Los funcionarios y  empleados que se distingan en la prestación de sus servicios, en los términos  del reglamento, se harán acreedores a los estímulos y distinciones que  determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. El  superior funcional podrá postular los funcionarios y empleados que considere  candidatos idóneos para hacerse acreedores a esas distinciones (…)”.    

Que el numeral 27 del artículo 85 de la  misma ley consagra que, corresponde al Consejo Superior de la Judicatura, “Aprobar los reconocimientos y distinciones  que se otorguen a los funcionarios de la Rama Judicial por servicios  excepcionales prestados a favor de la administración de justicia”.    

Que por su parte, el Consejo Superior de la  Judicatura, mediante Acuerdos PSAA11- 7711 de 2011, PSAA11-8712 de 2011 y  PSAA13-9908 de 2013, reglamentó la concesión de estímulos y distinciones a los  servidores de la Rama Judicial, estableciendo en su artículo 12 del primer  Acuerdo mencionado, que “La Sala Administrativa  del Consejo Superior de la Judicatura enviará al Presidente de la República la  relación de las personas que se han hecho acreedoras a la condecoración  honorífica “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” y su categoría, para  que se expida el Decreto Ejecutivo de que trata el artículo 10 del Decreto número  1258 de 1970”.    

Que conforme a los criterios señalados en el  artículo 4° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011 y en el artículo 3° del Acuerdo  PSAA13-9908 de 2013, las Corporaciones Judiciales Nacionales han designado a  los funcionarios y empleados acreedores a dicha distinción.    

Que a través de la sentencia C-285 de 2016 se  declaró la inexequibilidad del Consejo de Gobierno  Judicial creado por el Acto  Legislativo número 2 del 1° de julio de 2015, destacando que, el artículo 254 de la Constitución Política  queda así: “Artículo 254. El Consejo  Superior de la Judicatura estará integrado por seis magistrados elegidos para  un período de ocho años, así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la  Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado”.    

Que al respecto la Corte señaló también que:  “en virtud de la decisión adoptada en  este fallo, este Consejo (de Gobierno Judicial) deja de existir y sus funciones  quedan radicadas nuevamente en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura,  conformado ahora por una única sala, debía aclararse que tales funciones serían  asumidas por este último organismo (…)”.    

Que en este sentido, el Consejo Superior de  la Judicatura a través de la Resolución PCSJSR17-223 del 1° de diciembre de  2017, determinó los servidores de la Rama Judicial que serán acreedores a la  condecoración “José Ignacio de Márquez  al Mérito Judicial” en las categorías oro, plata y bronce, aprobando las  designaciones conforme al reglamento, teniendo en cuenta las certificaciones  allegadas por las Secretarías de la honorable Corte Constitucional, honorable  Corte Suprema de Justicia, honorable Consejo de Estado, la Sala Jurisdiccional  Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva  Nacional de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de  Administración Judicial y las motivaciones de las postulaciones y  designaciones.    

Que de conformidad con el artículo 10 del Decreto  número 1258 de julio 27 de 1970, modificado tácitamente por los artículos  85 numeral 27 y 155 de la Ley 270 de 1996, en  concordancia con el artículo 12 del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011, le corresponde  a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, hoy Consejo  Superior de la Judicatura indicar las personas dignas de condecoración, la  índole de esta y su categoría, así como informar al Presidente de la República  para su otorgamiento mediante decreto ejecutivo.    

Que el Decreto  número 1258 de julio 27 de 1970, en su artículo 13, establece que la  imposición de las condecoraciones la hará el Presidente de la República o la  persona que él designe, en ceremonia solemne.    

Que en mérito de lo expuesto, se otorgará la  condecoración “José Ignacio de Márquez  al Mérito Judicial”, a los servidores de la Rama Judicial que han sido  indicadas por el Consejo Superior de la Judicatura.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Otorgamiento de la  Condecoración en categoría “Oro”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”,  en la categoría “Oro” por sus  merecimientos excepcionales, la contribución al enriquecimiento de la  jurisprudencia y al prestigio de la administración de justicia, a las  siguientes personas:    

Magistrado Rigoberto Echeverri Bueno    

Presidente de la Corte Suprema de Justicia    

Magistrado Jorge Octavio Ramírez Ramírez    

Presidente del Consejo de Estado    

Magistrado Luis  Guillermo Guerrero Pérez    

Presidente de la Corte Constitucional    

Artículo 2°. Otorgamiento de la Condecoración en la categoría “Plata”. Otorgar  la Condecoración “José Ignacio de  Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría “Plata” por servicios eminentes a la causa de la justicia y por  su singular consagración al cumplimiento del deber, a las siguientes personas:    

Carlos Fernando Cortés Reyes    

Magistrado    

Sala Jurisdiccional Disciplinaria del  Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima    

Manuel Eduardo Serrano Baquero    

Magistrado    

Sala Laboral Tribunal Superior del Distrito  Judicial de Bogotá    

Jorge Eliécer Fandiño  Gallo    

Magistrado    

Tribunal Administrativo del Atlántico    

Martha Lucía Sáenz Saavedra    

Juez    

Juzgado 4° Laboral del Circuito de Tunja    

María Claudia Varona Ortiz    

Juez    

Juzgado 6° Administrativo de Popayán    

Artículo 3°. Otorgamiento de la condecoración en la categoría  “Bronce”. Otorgar la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito  Judicial”, en la categoría “Bronce” por su dedicación continua, su pulcritud y  prestancia, mereciendo ser señalados como ejemplo de devoción en el servicio, a  las siguientes personas:    

Yolanda Avendaño Moreno    

Auxiliar Judicial Grado 01    

Sala de Casación Laboral Corte Suprema de  Justicia    

Clara Francis Cárdenas Jiménez    

Secretaria General    

Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Pasto    

Andrea Carolina Álvarez Casadiego    

Magistrada Auxiliar    

Sala Jurisdiccional Disciplinaria    

Loreliz Margarita Ortiz  Pereira    

Profesional Universitario Grado 16 Juzgado  7° Administrativo de Santa Marta    

Nubia Margoth Peña  Garzón    

Magistrada Auxiliar Consejo de  Estado    

Juan de Jesús Hernández Martínez    

Director Administrativo    

Dirección Ejecutiva de Administración  Judicial    

Artículo 4°. Reconocimiento Académico. Los  designados en las categorías plata y bronce tendrán derecho al reconocimiento  académico que determine el Consejo Superior de la Judicatura, conforme lo  establece el artículo 3° del Acuerdo PSAA11-7711 de 2011 y los artículos 2° y  4° literal b), del Acuerdo PSAA13-9908 de 2013, expedidos por el Consejo  Superior de la Judicatura.    

Artículo 5o.  Vigencia. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Enrique Gil  Botero.    

               

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