DECRETO 1883 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 1883 DE 2017    

(noviembre 20)    

D.O. 50.423, noviembre  20 de 2017    

por el cual se  designa Gobernador encargado para el departamento de La Guajira.    

Nota: El Decreto 1767 de 2018,  artículo 1º, cesó los efectos de este decreto.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Wílmer  David González Brito, identificado con cédula de ciudadanía número 8721176, fue  elegido en las elecciones atípicas de 2016 como gobernador del departamento de La  Guajira para culminar el período constitucional 2016 – 2019, inscrito por la  coalición Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la “U” y Partido  Conservador Colombiano, según consta en el formulario E-6 GO, Departamento: La  Guajira, del Consejo Nacional Electoral.    

Que mediante comunicación del 20 de febrero  de 2017, el doctor Orlando Muñoz Neira, Magistrado del Tribunal Superior del  Distrito Judicial de Bogotá Sala Penal, informó que “[e]n decisión del 17 de febrero de 2017, el señor Wílmer David González Brito,  Gobernador del Departamento de La Guajira, fue afectado con medida de  aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario. El  artículo 304 de la Constitución Política  faculta al Presidente de la República, en los casos taxativamente señalados por  la ley, suspender o destituir a los gobernadores. Por tanto, se ordena informar  al Presidente de la República lo decidido en la determinación aludida y, para  lo pertinente, se le remitirá copia de esa providencia”.    

Que el Gobierno nacional procedió a expedir  el Decreto  número 333 del 1° de marzo de 2017, mediante el cual designó como  gobernador encargado del departamento de La Guajira al doctor Weildler Antonio Guerra Curvelo,  identificado con cédula de ciudadanía número 79150050 de Usaquén,  “mientras se obtiene la terna de la  Coalición Partido Social de Unidad Nacional–Partido  Conservador Colombiano que inscribió la candidatura del gobernador elegido de  La Guajira y se designa gobernador por el procedimiento de la terna”.    

Que el artículo 303 de la Constitución Política  defirió a la ley la determinación de las faltas absolutas y temporales de los  gobernadores, así como la forma de proveer estas últimas, sin que hasta la  fecha la referida ley se haya expedido.    

Que la jurisprudencia reciente del Consejo  de Estado, tal como se indicara en sentencias del 23 de febrero de 2012, dentro  de los expedientes números 110010328000201000125-00 y 110010328000201100006-00,  se orienta a señalar que en los casos en que procede la designación de un  gobernador encargado, mientras dura la ausencia del titular, el Presidente de  la República debe designar a un ciudadano respetando el partido, grupo político  o coalición por el cual fue inscrito el gobernador elegido, por ser esta la  interpretación conforme al Ordenamiento Superior que propugna por los  principios de autonomía de las entidades territoriales y del voto programático.    

Que la coalición Partido Social de Unidad  Nacional – Partido de la “U” y Partido Conservador Colombiano, mediante  comunicación del 2 de agosto de 2017, presentó la terna para la designación del  gobernador encargado del departamento de La Guajira, acompañada de los  respectivos soportes documentales de cada uno de los ternados.    

Que en tanto permanezca la suspensión del  señor Wílmer David González Brito, quien fue elegido  gobernador para el departamento de La Guajira, para el período constitucional  2016 – 2019, se hace necesario encargar de las funciones del gobernador de ese  departamento, a uno de los temados por la coalición  Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la “U” y Partido Conservador  Colombiano.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como gobernadora encargada del  departamento de La Guajira a la doctora Tania María Buitrago González,  identificada con cédula de ciudadanía número 56074129 expedida en San Juan del  Cesar, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente decreto,  mientras dure la suspensión del gobernador electo.    

Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido de este decreto a la  doctora Tania María Buitrago González, gobernadora designada mediante este decreto;  al doctor Weildler Antonio Guerra Curvelo,  gobernador encargado; al Consejo Nacional Electoral; a la Registraduría  Nacional del Estado Civil; al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá  – Sala Penal; a la Gobernación de La Guajira; y al señor Wílmer  David González Brito, gobernador electo.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición y cesan los efectos del artículo 1° del Decreto  número 333 del 1° de marzo de 2017, por el cual se designó al doctor Weildler Antonio Guerra Curvelo  como gobernador del departamento de La Guajira.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de noviembre de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez.    

               

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