DECRETO 1783 DE 2017
(noviembre 2)
D.O. 50.405, noviembre 2 de 2017
por el cual se confiere la condecoración Orden de la Justicia al Consejo de Estado.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial aquellas otorgadas por el artículo 5° del Decreto número 3970 del 29 de noviembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 3970 de 2004 instituyó la condecoración Orden de la Justicia como el más alto galardón honorífico con el que el Gobierno nacional exalta las virtudes y servicios de las personas naturales o jurídicas que han mostrado una singular consagración a la causa de la justicia;
Que el Ministro de Justicia y del Derecho, mediante el Memorando MEM17-0002713 del 24 de marzo de 2017, dirigido al Secretario General de la Entidad y Canciller de la Orden de la Justicia, propuso como candidato para conferir la condecoración “Orden de la Justicia” al Consejo de Estado y solicitó realizar la convocatoria para el efecto al Consejo de la Orden de la Justicia;
Que en sesión realizada el día 30 de octubre de 2017, el Consejo de la Orden de la Justicia aprobó de manera unánime la proposición presentada por el Ministro de Justicia y del Derecho de otorgar la condecoración Orden de la Justicia al Consejo de Estado, con fundamento en los siguientes antecedentes y razones:
Que el Consejo de Estado cuyo origen se remonta al decreto expedido en la ciudad de Angostura el 30 de octubre de 1817, por el General Simón Bolívar en su calidad de Jefe Supremo de la República de Venezuela y Capitán General de sus Ejércitos y de los de la Nueva Granadal, cumple su bicentenario de vida institucional;
Que el Consejo de Estado, tribunal supremo de lo contencioso administrativo y órgano consultivo del Gobierno nacional, es merecedor del reconocimiento al aporte fundamental a la justicia;
Que el Consejo de Estado es un ejemplo de estabilidad institucional, eficacia y rectitud, siendo inconmensurables sus aportes a la justicia, cuya jurisprudencia no solo ha sido fundamental para la evolución del derecho administrativo sino que es una muestra ejemplar de oportuna y recta administración de justicia;
Que, por lo tanto, el Consejo de Estado reúne con suficiencia los requerimientos necesarios para hacerse acreedor a la Orden de la Justicia en razón de su destacada labor y sus servicios a la causa de la justicia, así como de sus aportes y los de sus miembros al orden jurídico;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Condecoración. Confiérese la condecoración Orden de la Justicia al Consejo de Estado.
Artículo 2°. Imposición. La condecoración otorgada mediante el presente Decreto será impuesta al Presidente del Consejo de Estado, doctor Jorge Octavio Ramírez Ramírez, en ceremonia especial a la que serán invitados de honor los Consejeros y los Presidentes de las Altas Cortes.
Artículo 3°. Transcripción en nota de estilo. Transcríbase la condecoración en nota de estilo y hágase entrega de la misma al Presidente del Consejo de Estado en la ceremonia de imposición.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.