DECRETO 1712 DE 2017

Decretos 2017

DECRETO 1712 DE 2017     

(octubre 20)    

D.O. 50.392, octubre 20 de  2017    

por el cual se  acepta una renuncia y se designa Alcalde ad hoc para  el Municipio de Angostura, departamento de Antioquia.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en  su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante escrito de 14 marzo de 2016, la  doctora Marta Lucía Porras Arenas, en su condición de Alcaldesa del municipio  de Angostura, Antioquia, se declaró impedida para intervenir “(…) en el proceso judicial adelantado  bajo el radicado 2015-00174 del Juzgado Civil – Laboral del Circuito de  Yarumal, en el comité de conciliación y en general en los trámites  administrativos que demande el asunto (…)”, en atención a que dicha  demanda fue instaurada por ella para que se librara mandamiento de pago contra  ese municipio.    

Que mediante auto de 22 de abril de 2016,  radicación IUS2016-127979, la Procuraduría Regional de Antioquia aceptó el  impedimento presentado por la señora Marta Lucía Porras Arenas, al encontrar  configurada la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante Decreto  número 1379 de 24 de agosto de 2016, se designó como alcaldesa ad hoc del municipio de Angostura, Antioquia, a la doctora  Adriana Lucía Díaz Veloza.    

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior  bajo EXTMI16- 0056856 de 2 de noviembre de 2016, la Secretaría Jurídica de la  Presidencia de la República, remitió renuncia presentada por la doctora Adriana  Lucía Díaz Veloza, a su designación como alcaldesa ad  hoc.    

Que mediante Decreto  número 2121 de 22 de diciembre de 2016, se aceptó la renuncia presentada  por la doctora Adriana Lucía Díaz Veloza y se designó  como alcaldesa ad hoc a la doctora Natalie Cañas  Londoño.    

Que comunicación radicada en el Ministerio  del Interior bajo EXTMI17-4039 de 2 de febrero de 2017, la Secretaría Jurídica  de la Presidencia de la República, remitió renuncia presentada por la doctora  Natalie Cañas Londoño a su designación como alcaldesa ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República  decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo  designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y  remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación  administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, el gobernador del departamento de  Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el  EXTMI17-26261, remitió la hoja de vida del señor Wálter  Fernando Holguín Ángel, funcionario vinculado a la Gobernación de Antioquia,  para ser designado como alcalde ad hoc del municipio  de Angostura.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  nuevo alcalde ad hoc para el municipio Angostura,  Antioquia.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento  o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no  tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo  señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de  marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00  (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia presentada por la  doctora Natalie Cañas Londoño, como alcaldesa ad hoc  del municipio de Angostura, departamento de Antioquia.    

Artículo 2°. Designación. Designar como alcalde ad hoc  del municipio de Angostura, departamento de Antioquia, al doctor Wálter Fernando Holguín Ángel, identificado con la cédula  de ciudadanía número 98604101, quien se desempeña en el cargo de asesor, grado  01, Código 105, dentro de la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo  Organizacional de la Gobernación de Antioquia, para que conozca de los trámites  relacionados con la demanda ejecutiva laboral con radicación número 2015-00174,  que cursa en el Juzgado Civil Laboral del Circuito de Yarumal.    

Artículo 3°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado  en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda,  en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 4°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al  Alcalde ad hoc, a la Alcaldesa titular del municipio  de Angostura y a la Procuraduría Regional de Antioquia.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de  2017.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez    

               

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