DECRETO 1712 DE 2017
(octubre 20)
D.O. 50.392, octubre 20 de 2017
por el cual se acepta una renuncia y se designa Alcalde ad hoc para el Municipio de Angostura, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito de 14 marzo de 2016, la doctora Marta Lucía Porras Arenas, en su condición de Alcaldesa del municipio de Angostura, Antioquia, se declaró impedida para intervenir “(…) en el proceso judicial adelantado bajo el radicado 2015-00174 del Juzgado Civil – Laboral del Circuito de Yarumal, en el comité de conciliación y en general en los trámites administrativos que demande el asunto (…)”, en atención a que dicha demanda fue instaurada por ella para que se librara mandamiento de pago contra ese municipio.
Que mediante auto de 22 de abril de 2016, radicación IUS2016-127979, la Procuraduría Regional de Antioquia aceptó el impedimento presentado por la señora Marta Lucía Porras Arenas, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante Decreto número 1379 de 24 de agosto de 2016, se designó como alcaldesa ad hoc del municipio de Angostura, Antioquia, a la doctora Adriana Lucía Díaz Veloza.
Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI16- 0056856 de 2 de noviembre de 2016, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, remitió renuncia presentada por la doctora Adriana Lucía Díaz Veloza, a su designación como alcaldesa ad hoc.
Que mediante Decreto número 2121 de 22 de diciembre de 2016, se aceptó la renuncia presentada por la doctora Adriana Lucía Díaz Veloza y se designó como alcaldesa ad hoc a la doctora Natalie Cañas Londoño.
Que comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI17-4039 de 2 de febrero de 2017, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, remitió renuncia presentada por la doctora Natalie Cañas Londoño a su designación como alcaldesa ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, el gobernador del departamento de Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI17-26261, remitió la hoja de vida del señor Wálter Fernando Holguín Ángel, funcionario vinculado a la Gobernación de Antioquia, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de Angostura.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar nuevo alcalde ad hoc para el municipio Angostura, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913 corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia presentada por la doctora Natalie Cañas Londoño, como alcaldesa ad hoc del municipio de Angostura, departamento de Antioquia.
Artículo 2°. Designación. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Angostura, departamento de Antioquia, al doctor Wálter Fernando Holguín Ángel, identificado con la cédula de ciudadanía número 98604101, quien se desempeña en el cargo de asesor, grado 01, Código 105, dentro de la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional de la Gobernación de Antioquia, para que conozca de los trámites relacionados con la demanda ejecutiva laboral con radicación número 2015-00174, que cursa en el Juzgado Civil Laboral del Circuito de Yarumal.
Artículo 3°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 4°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc, a la Alcaldesa titular del municipio de Angostura y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Guillermo Rivera Flórez