DECRETO 1683 DE 2017
(octubre 17)
D.O. 50.389, octubre 17 de 2017
por el cual modifica la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para efectos de modificar su planta de personal, presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible:
N° CARGOS
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO
CÓDIGO
GRADO
PLANTA GLOBAL
Uno (1)
Director Técnico
0100
23
Uno (1)
Asesor
1020
13
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
17
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
14
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
13
Uno (1)
Profesional Universitario
2044
06
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible los siguientes empleos:
N° CARGOS
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO
CÓDIGO
GRADO
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO
Uno (1)
Viceministro
0020
–
Uno (1)
Director Técnico
0100
22
Uno (1)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
24
Uno (1)
Conductor Mecánico
4103
19
Artículo 3°. Para efectos fiscales, los gastos que demande el presente decreto, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3575 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 17 de octubre de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
Luis Gilberto Murillo Urrutia.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.